Quisiera saber si tengo deudas en varios bancos pero pequeñas y he conseguido un trabajo en otro país sudamericano y no puedo pagar esas deudas por la crisis actual, si me voy del país sin pagar esas deudas de préstamos y tarjetas de crédito qué podría pasar? Estas deudas las adquiri con NIE, actualmente tengo DNI, pueden asociar esta documentacion y hacer efectivos los cobros? me pueden meter a la cárcel en el otro país por irme sin decir nada?, las deudas son de cantidades pequeñas en cada banco pero en total sumándolas son de 7.000 euros, me pueden embargar las nóminas o cualquier propiedad que compre alli en el otro país?, prescribirán esas deudas con el tiempo si no vuelvo, la interpol por esas cantidades puede arrestarme en el otro país?.
El problema es que si notifico mi nuevo domicilio los bancos no pararán de atormentarme con llamadas al otro país, la verdad es que no quise dejar de pagar pero en el trabajo que estaba me incumplieron 3 pagos la empresa cayó en suspensión de pagos y el fogasa paga en mucho tiempo, si a mi me incumplieron mis salarios pues tengo que comer antes de pagar a cualquier banco, con lo cual no me da cargo de conciencia porque las leyes hacen que uno incumpla, si el fogasa se tarda en pagar siglos como quieren que cumpla mis pagos?, además en el otro país con los sueldos que pagan jamás podria pagar esa deuda considerando sus altos interes. Gracias por su respuesta.
La pensión de jubilación también se puede embargar siempre que sea superior al smi conforme a los varemos del 607 LEC. Los planes de pensiones se puede embargar también, pero sólo desde que se produce el derecho para su beneficiario, es decir, actualmente no lo podrían embargar, pero en 3 años cuando lo comiences a cobrar si.
En cuanto a la forma de actuar de las entidades, comentarte que yo trabajo para una entidad financiera y mucha piedad no tiene.... Intenta llegar a un acuerdo de pago, propón una quita... intenta refinanciar...a varias opciones.
Gracias por laas respuestas pero me queda otra pegunta, como creo que las deudas no prescriben hasta pasados 15 años y yo me jubilare dentro de 3, ¿que ocurre con la pension de jubilacion? ¿tambien es embargable? Y mi plan de pensiones? No hay dinero suficiente para pagar la deuda pero éstá en sus manos ya que no puedo sacarlo. Pueden quedarselo?
Hace 20 años, estuve en una situación parecida y, a pesar de que me enviaron muchas cartas de reclamación amenaazando con juicio, ni la financiera, ni el banco a los que debia dinero fueron a los juzgados. Como no creo en el buen corazon de las instituciones, imagino que no les interesa demasiado actuar contra un insolvente. Alguna opinion al respecto?
Como bien te decian, irá por la via civil, se celebrará la vista y cuando recaiga la sentancia, si sale en contra tuya te condenarán al pago. Si no lo haces, la otra parte tendrá derecho a solicitar la ejecución de la sentencia, solicitarán averiguación patrimonial y verán que no te pueden embargar si percibes sueldo inferior al smi (673,92€/mes), si percibes por encima del smi, se procede al embargo por varemos, según el art. 607 LEC . Las prestaciones de desempleo también se podrán embargar si son mayores al smi conforme a los mismos varemos del 607LEC.
El proceso es largo.
OJO! en fase ejecutiva te podrán reclamar el principal reclamado en el procedimiento principal más el 30 % de dicha cuantía.
Hola a todos, me encuentro en una situación difícil como tantos otros y no puedo, ni voy a poder pagar los recibos de varios préstamos personales y de varias tajetas visa. Soy trabajadora por cuenta ajerna, no tengo casa, ni coche, ni bienes y mi único ingreso es la nómina. aun así, los bancos me ofrecieron creditos personales sin aval y sin estudio que solicité y concedieron. Lo mismo con las tarjetas visa (estas ni siquiera las solicité aunque si las he usado). Me han retirado las tarjetas, comunicado la deuda a ASNAF EQUIFAX y amenazado con llevarme a juicio. ¿iria por la via penal o la administrativa, la mercantil? No tengo ni idea por eso pregunto ¿Que consecuencias puede tener este juicio? Soy insolvente pero ¿pueden embargarme la nomina ? y la prestacion de desempleo (próxima situacion) ¿es embargable?
Gracias por anticpado a quien arroje un poco de luz sobre este futuro tan negro