Cuando convivía con mi mujer formalizamos un préstamo con una Entidad financiera. En escritura pública de separación de bienes que se otorgó con posterioridad a su formalización repartimos la carga en dos partes, de tal manera que uno se hacía cargo de una y el otro de la otra. Lo cierto es que al poco tiempo nos separamos y ella no ha pagado ni un sólo euro de lo acordado. Mi pregunta es la siguiente. Puedo presentar demanda por la cantidad que me adeuda (ya que hasta la fecha yo en exclusiva he hecho frente a la deuda) y solicitar un vencimiento anticipado a favor de la Entidad Financiera (ya que presumo que va a seguir sin pagar nada en el futuro)? Sólo puedo reclamar lo que me debe? Cuando se celebre el juicio podría reclamar las cantidades abonadas desde que interpongo la demanda hasta la fecha del mismo? E intereses de demora?. La situación actual es que estamos sepaados legalmente y en la sentencia, aunque se puso la situación en conocimiento del juez, no se menciona ni una sóla palabra. Gracias