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impago p.compensatoria

4 Comentarios
 
Impago p.compensatoria
perfil acr
25/02/2005 10:44
si el juez deniega la extincion p. compensatoria o no la reduce al maximo, se pueden pedir medidas provisionales para que mejorando mi situacion, se inicie de nuevo el pago ? al reiniciarse tendria que pagar con caracter retroactivo lo pendiente ? me pueden embargar el dinero que tengo en la libreta y el piso ? que dice la ley en ese sentido.gracias
25/02/2005 11:00
NO entiendo bien tu pregunta, pero si te puedo decir que la revisión de la pensión cojmpensatoria, según reiterada jurisprudencia es para reducirla o extinguirla, no para aumentarla. Las circunstancias conforme a las que se fija la compensatoria, van referidas al momento de la separación por lo que una mejora de ingresos posterior a la separación por parte del obligado al pago no daría lugar a un incremento de dicha pensión compensatoria.

Un saludo
perfil acr
25/02/2005 13:24
gracias Dana. la pregunta es : se puede pedir al juez que ordene que se pare el pago de la p.c. por no tener ingresos suficientes y cuando se tengan, debo de pagar lo anterior o sea con caracter retroactivo o esos meses quedan anulados ? la otra pregunta era que en caso de impago me pueden embargar el piso ? agradeceria respuestas segun ley y jurisprudencia, no opiniones personales.gracias
25/02/2005 13:41
La beneficiaria de la pensión puede reclamarte las cantidades no pagadas vía ejecución de sentecia (en la sentencia de separación se fijó una pensión compensatoria a favor de tu ex) y conlleva, ante la falta de pago, el embargo de bienes del deudor conforme al orden establecido en la Ley de enjuiciamiento civil.
Puedes solicitar la modificación de medidas definitivas establecidas en la sentencia de separación basándote en falta de ingresos, pero esto, conforme a tu caso concreto, debe considerarlo tu abogado, ya que el cambio de circunstancias debe ser sustancial y no buscado a propósito (según numerosas sentencias).

Un saludo.
25/02/2005 19:25
Acr, pide una modificacion de medidas ya, aunque si la situacion economica venida a menos es transitoria igual no te conceden reducir la pension compensatoria, si la situacion se prevee que puede ser duradera, venir a menos en los ingresos por tiempo indefinido, julibarse, que el incremente de ingresos atemporalmente hablando se ven mermados, ademas creo que puedes solicitar medidas cautelares, lo que esta claro es que si una persona tiene menos ingresos y las circunstancias cambian, sino ha sido por decision propia, de donde no hay no se puede sacar, que te lo mire tu abogado.