si no tuvo la prevision de ponerlos a nombre del inquilino,adjunte todos los documentos de pago para tambien reclamarselo,no le recomiendo dar de baja porque se puede considerar procedimiento hostil para que se vallan del piso,sobre todo la luz y el agua,ya sabe lo que tiene que hacer cuando alquile ponerlo todo a nombre del inquilino-suerte-
mis inquilinos llevan ocho meses sin pagar el alquiler. Pusimos una demanda judicial, se celebró el juicio y ya tenemos la sentencia, que falla a nuestro favor y donde se especifica que el día 2 de diciembre se procederá al "lanzamiento" (es decir, al desalojo) si los ocupantes morosos no se han ido de la vivienda para esa fecha.
Por supuesto el inquilino se ha declarado insolvente, por lo que, aunque a la jueza le ha dicho que piensa pagar, sabemos que no vamos a ver ni un euro.
Pero la cuestión que nos preocupa ahora es que durante estos ocho meses de impago, no ha pagado tampoco el agua, el gas y la luz, y somos nosotros los que corremos con esos gastos: le estamos pagando agua, gas y luz, con unas facturas que además, desde que ya no pagan, son desorbitantes. La cuestión es que no nos podemos permitir pagar esos dispendios. No tuvimos la lucidez de poner dichas facturas a nombre del inquilino al arrendar la vivienda.
Mi pregunta es: ¿podría el inquilino demandarnos, o podríamos tener alguna responsabilidad civil si dejamos de pagar SUS recibos de agua, luz y gas?
Y una última cuestión: nos hemos enterado de que ha metido en la casa a una amiga y al hijo de ésta. No tenemos constancia de que sea un subarriendo pero, en cualquier caso, ¿eso es denunciable? ¿Puede meter en casa a cuanta gente se le antoje, con una sentencia de desalojo sobre su cabeza, para gastar más agua, luz y gas, y que corra a nuestra cuenta?