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impago facturas

4 Comentarios
 
perfil Jan
09/03/2011 15:48
Hola ortimase. Coincido con las respuestas del forista Atlantia.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
09/03/2011 07:50
Hola de nuevo,

La obligación de tener que pagar los recibos de agua, etc se debe a que el impago supone una "deuda personal" no "real"; es decir, la empresa suministradora tiene contratado el servicio con Vd., no con el inquilino, y todo ello independientemente de la vivienda en que se encuentre el suministro contratado.
Vd. es el titular del servicio y, por tanto, el responsable en el pago y en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de suministro. Por eso, si Vd. incumple en el pago, incumple en las obligaciones derivadas de dicho contrato de suministro y responderá individualmente ante la entidad suministradora.
Por otro lado, es verdad que el impago terminará derivando en el corte del suministro, pero este corte será responsabilidad suya, no del inquilino, por ser Vd. el titular del contrato de suministro. Y por otro lado, el inquilino, viéndose afectado por el corte del suministro podrá denunciarle por lo comentado; y ello porque aunque el inquilino no cumpla con la obligación de pago, el contrato de arrendamiento se encuentra en vigor, y Vd. a pesar de tener unos derechos (el cobro de la renta entre otros) sigue teniendo también unas obligaciones (y una de ellas consiste en proveer al arrendamiento de los servicios contratados). Es como si Vd. dice: como el inquilino no me paga, entro en la vivienda arrendada y le cambio la cerradura. Ahí sería denunciada obviamente por el inquilino por allanamiento de morada.
Lo que nos dice la doctrina es: si se produce el impago, reclámelo. Y si persiste el impago, reclámelo judicialmente con derecho a resolver el contrato. Y para ello, tenemos el procedimiento de desahucio.

Espero haber respondido a sus dudas. No obstante comentarle que si lo ha reclamado, tal vez no lo haya hecho con la suficiente fuerza, de ahí que le recomendase la ayuda de un profesional especializado en la materia. También es recomendable preparar un contrato de arrendamiento atendiendo a los riesgos existentes en cada caso, y no proceder a la firma de contratos estándar que al final dan más problemas que las situaciones en las que ni siquiera hay un contrato.

Un cordial saludo,
09/03/2011 01:41
hola, gracias por su respuesta..
la reclamación ya ha tenido lugar, en reiteradas ocasiones, sin ningún resultado.
en todo caso no entiendo porqué he de seguir pagando las facturas de la luz, puesto que no es mi consumo, hablo de devolver los recibos solo hasta que me paguen su importe, ya que son los inquilinos quienes efectuaron el gasto, por lo tanto, en futuras ocasiones, devolvería en prevención de que no vuelvan a dejármelo a deber ¿dónde está la mala actuación por mi parte? ¿qué es lo que me obliga a pagarles sus gastos si en el contrato pone que ellos se hacen cargo de los mismos). no entiendo como se me puede acusar a mi de coacciones, la verdad es que esto genera una tremenda sensación de indefensión, y de impunidad para ellos, es indignante.
08/03/2011 19:33
Hola ortimarse,
No es aconsejable que devuelvas los recibos y provocar que les lleguen a cortar la luz, principalmente porque puedes ser denunciada por un delto de coacciones.
Mi recomendación es que reclames (inicialmente vía extrajudicial) las cuantías impagadas advirtiendo del incumplimiento contractual que se está produciendo.

Si necesitas ayuda, estamos a tu disposición.
pmoreno@atlanteabogados.com
www.atlanteabogados.com
Impago facturas
08/03/2011 16:32
hola
mi problema es que mis inquilinos no me pagan íntegramente el alquiler, y tampoco quieren hacer frente al total de las facturas.
la luz está a mi nombre y la tengo domiciliada, pero me deben 400 euros que se niegan a pagar. mi pregunta es:
puedo empezar a devolver los recibos para que les corten la luz, sin salir yo perjudicada? tendría que pagar un suplemento para volver al enganche de la luz una vez que ellos se marchen del piso? pueden los inquilinos demandarme? en principio me deben 1000 euros hasta la fecha, en diferentes conceptos, y no cumplen los plazos estipulados para los pagos (suelen pagar a mediados o finales de mes, y eso cuando pagan)

gracias adelantadas por su respuesta, muy amables