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Impago del IRNR.

2 Comentarios
 
Impago del irnr.
29/12/2016 23:51
Hola: soy extranjero y tengo un piso que adquiri en España, el que alquilo ya que aún no puedo venir a residir. Por ignorancia del tema creo que estoy en falta al no haber pagado IRNR.
Necesito urgente saber si es así, que debo hacer. Gracias
30/12/2016 03:18
1leopoldo
Leopoldo,

Por si acaso aclara en que país eres residente fiscal; dependerá el tipo de gravamen si estás en la UE o no. Las rentas que obtienes por el alquiler del piso en España, al estar el inmueble ubicado aquí y no siendo tu residente en este país, tributan por ese impuesto. El tipo de gravamen es del 19.5% si eres residente UE y 24% en los demás casos.

Este impuesto se liquida utilizando el modelo 210 que puedes encontrar en la página de la AEAT; se puede presentar por internet con certificado electrónico o DNI electrónico.

Saludos,

Emilio C.
30/12/2016 09:17
Emiliocw12
Gracias Emilio, tendre que buscar entonces un profesional que me haga la liquidacion. Feliz año nuevo. Saludos . Leopoldo