Hola a todos.
La inquilina de mi piso en alquiler lleva dos meses sin pagar la renta y 3 sin pagar la Comunidad, pactada por contrato en que debía pagarla ella. Se que en ultimo extremo la pago yo pero sería una deuda conmigo imagino.
El caso es que la luz todavía no se la ha puesto a su nombre y claro, tampoco me la pagaudas son:
1.- La luz puedo darla de baja y que ella se de el alta? Ella me dice que como ya está viviendo ella no puedo darme de baja y me parece un poco absurdo.
2.- Cuanto tiempo de impago debo esperar para desahuciarla? He oido algo de 3 meses.
3.- Como hago para desahuciarla? Cual es el procedimiento? He leido en otra pregunta algo de enervacion y no se que es ni cuales sus consecuencias.
Agradeceria que alguien me ayudara porque aunque intento hablar con ella para arreglarlo por las buenas, no me coje el telefono ni me abre la puerta, y me gustaría estar preparada para lo peor.
Gracias
1) La obligada al pago de la luz eres tu frente a la Compañía eléctrica, y debes seguir pagando, a no ser que devuelvas los recibos por impago y le corten la luz, pero yo no te sugiero eso, yo seguiría pagando y luego le reclamaría todos los gastos como este en el juicio, ya que siempre son admitidos.
2) Es una norma no escrita, se puede desahuciar desde el primer impago, aunque normalmente suele uno dar un margen de unos tres meses, ya que tu imaginate que únicamente una mensualidad supusiera un importe muy elevado, si esperas 3 sería demasiado. Lo normal y habitual es esperar 3 meses y poner la demanda, si piensas que no debes esperar, pon el procedimiento para desahuciarla ya.
3) El procedimiento es el de desahucio, no sé cómo explicartelo, es un procedimiento y punto, no tiene más. La enervación se produciría si tu planteas la demanda y te paga seguidamente, eso es la enervación, con ello la arrendataria consigue que el procedimiento de desahucio no siga hacia adelante.
Y luego para finalizar, enviale un burofax o una carta certificada con acuse de recibo dándole un plazo de pocos día (7 por ejemplo), si eres letrada, con tu papel de despacho para que vea que vas a proceder a desahuciarla, inmediatamente trascurra ese plazo de 7 días y adelante, que al menos desahuciarla seguro que lo consigues.
Una sugerencia, cuando expongas una consulta en este foro, no te contestes tu misma, y menos 2 veces, ya que así la gente no entrará en tu consulta y no te podrá ayudar, aunque bueno, también pueden entrar como yo.
Y yo te lo agradezco enormemente, Manuel. Es que estaba un poco perdida y desesperada y pedía ayuda a gritos. Gracias de nuevo.
Una puntualización: si ella con el pago puede paralizar el desahucio, eso significa que me puede costar más echarla que dejarla en paz, no? Al fin y al cabo, si demando me cuesta pasta y ella me paga, pero al mes siguiente estamos igual........
Juro que en cuanto se vaya lo vendo.
Estimada Silvia:
1) Ella con el pago, antes de la celebración de la vista, puede paralizar el desahucio, pero según el art. 22.4 de la LEC, esta circunstancia no SERA DE APLICACIÓN CUANDO EL ARRENDATARIO HUBIERA ENERVADO EL DESAHUCIO EN UNA OCASIÓN ANTERIOR..., o sea, no te recomiendo que dejes estar el asunto, pues se puede hacer más dificil con el tiempo
2) Si demandas no te cuesta pasta, no necesitas comparecer con Procurador, y para presentar una demanda de desahucio no va ser demasiado si te la prepara un letrado. Busca un amigo o alguien que acabe de empezar, y no te cobrará mucho. Muchas veces preparamos demandas que por amistad, si no han ido más allá no cobramos.
Si te paga, que yo creo que no será el caso, ya tienes un primer caso de enervación, y a la segunda vez que no te pague, ya no tendrá excusa.
3) No se solucionan estos temas vendiendo. Creo que un arrendamiento es una buena forma de conseguir dinero, pero es preferible no alquilar a cualquiera ni a cualquier precio, y esperar a conseguir un "buen" arrendatario que vender. Hay que atar más y mejor los contratos de arrendamiento, o sea, pedir avales, o en su caso nóminas, o si me apuras fiadores, pero bueno, me meto en circunstancias que no me corresponden.
Reclámale con la carta o burofax como te dije y no lo dejes pasar, puede hacerse una bola demasiado grande y luego pueda ser peor.
Como bien te dice el compañero no lo dejes el tema, mandale un burofax reclamandole el pago (no necesitas abogado) y si en dos meses no te ha pagado le reclamas judicialmente y ya no podrá ejercitar la enervación.
Saludos.
Muchas gracias a ambos por vuestras respuestas. Ahora me queda bastante más clarito el tema. Tienes razón, Manuel, la próxima vez pediré algún aval, que es lo mejor para evitarme disgustos.
Voy a tomar medidas el lunes mismo.
La reclamación por burofax, o por cualquier otro medio, es para que exista constancia que se ha realizado la petición y su contenido.
El realizar la petición es para que, en caso, de impago, tras esta y posterior reclamación judicial no pueda enervar (pagar y poner fin al procedimiento).
Saludos.
Mi caso es similar al de Silvia o incluso peor porque además de no pagar a metido a más gente en la casa sin mi consentimiento. ¿Cuanto se tarda en desahucio? Exite alguna manera de acelerarlo? ¿Puedo pedir que les corte el suministro de luz y gas?. Muchas gracias
El tiempo depende de como esté el juzgado de asuntos.
La manera más rápida es demandar directamente al juzgado, sin que realices petición alguna previamente.
Saludos.