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impago de renta

9 Comentarios
 
Impago de renta
19/01/2010 19:18
Buenas tardes, antes de nada me gustaria dar las gracias a todos los profesionales de este foro por prestarnos su ayuda de manera desinteresada.No he encontrado ningún tema parecido así que si me repito pido disculpas de antemano a los moderadores del foro.
El caso es que tengo un local con trasteros en alquiler,todos los arrendamientos formalizados mediante contrato.El caso es que los dos primeros meses no ha abonado la cuota en teoria por falta de solvencia(eso nos dijo cuando devolvió el cargo de la primera cuota).
Solo tenemos el telefono de casa de sus padres los cuales hacen caso omiso de nuestras insistentes llamadas y avisos.
Que debo hacer ¿ rescindir el contrato previa denuncia?,¿esperar al siguiente impago?....Gracias de antemano.
20/01/2010 10:11
Dicho alquiler está sujeto a la Ley de arrendamientos urbanos de uso distinto al de vivienda. Para exigir la resolución del contrato deberá interponer demanda de desahucio por impgo de rentas.
Saludos
www.abogadosgrande.es
20/01/2010 11:43
Bueno....yo recomendaría requeriler previamente para el pago mediante burofax con acuse de recibo y certificacion de texto....siendo dicho texto distinto si lo que pretende Vd. es dar una oportunidad para pagar al inquilino o, por el contrario, DESDE YA pretende desalojarle.
20/01/2010 16:15
Es decir que si continua esta situacion deberia de interponer demanda de deshaucio,¿ a que cantidad pueden ascender dichos tramites?¿ ante quien deberia interponer la demanda?
Gracias.
20/01/2010 16:29
Yo no demoraría ni un día más ese requermiento fehaciente, aunque solo sea por dejar expirar los 30 mdías necesarios para evitar enervamiento y lanzarles en relativamente escaso plazo.

Posteriormente instaría desahucio mediante Abogado y Procurador ante el Juzgado competente por el lugar donde radique la finca arrendada, salvo sumisión expresa a otro Juzgado en el contarto.

¿Costes?. Pues depende de lo que Vd. negocie con su letrado (recomiendo firmar Hoja de encargo profesional).
Al menos mi Colegio profesional (Madrid) estipula unos % decrecientes en función de la renta anual, aunque por regla general estos criterios se usan para la tasación de costas, ya que con nuestros Clientes suelen pactarse cantidades alzadas y proporcionadas.
Todo depende, dada la inexistencia de aranceles
20/01/2010 17:26
Muchas gracias por vuestras respuestas,enviaré el burofax y os comentaré como acontecen los hechos.
Saludos y gracias de nuevo.
21/01/2010 20:55
Bueno pues hoy al llmar al telef. de contacto q figura en el contrato(el de sus padres) nos comentan que no conocen el domicilio que el arrendatario nos dijo el dia de la firma de contrato,con lo cual es necesario enviar a ese domiciilio el burofax aunque se desconozca si es el del arrendatario¿
22/01/2010 10:35
Buenas noches, de acuerdo a mis conocimientos le daré unas indicaciones que, espero, le sean útiles.
En primer lugar, si el inquilino no es solvente y tampoco tiene avalistas, la mejor alternativa es llegar con él a un acuerdo para dar por terminado el contrato. Si es necesario, perdónele los dos o tres meses de renta que adeude a cambio de la firma de un acuerdo de terminación anticipada. Incluso ofrézcale pagarle dinero. Al final del año habrá dejado de ingresar tres o cuatro mensualidades de renta, pero nada más. Gracias al acuerdo de terminación anticipada podrá disponer legalmente de su vivienda y volver a arrendarla inmediatamente para seguir obteniendo rentabilidad.
Para que usted comprenda mejor lo dicho anteriormente, tiene que tener en cuenta que, mientras el contrato de arrendamiento de vivienda no agote el plazo de vigencia de cinco años propiciado por la prórroga legal obligatoria, dicha vivienda constituye el domicilio del inquilino y es inviolable.
Optando por la vía legal, el desahucio es la alternativa que le queda, pidiendo al juez que que declare resuelto el contrato ante el incumplimiento del inquilino en su negativa de pagar las correspondientes rentas. También he de decirle y, esto ya es un consejo, que opte por la primera solución que le he dado, la de llegar a un acuerdo con el inquilino, ya que el desahucio es un procedimiento judicial que puede durar hasta 6 meses en el mejor de los casos y, ante la insolvencia de sus inquilinos, le va a suponer una pérdida de dinero, estariamos hablando de la suma de las rentas ya adeudadas con las que se podrían producir en esos "seis meses" de demora que tarda en llevarse a cabo el desahucio y con el pago de honorarios a abogados y procuradores.
Espero que le sea útil mi respuesta, en cualquier caso, la de un profesional le será más eficiente.
22/01/2010 19:16
hola altaria, de todas formas aunque te hayan dicho que no conocen la direccion, tienes que enviarlo a todas la direcciones que conozcas, el intento de haber notificado sera suficiente para iniciar los tramites del desahucio, saludos
22/01/2010 21:51
Muchas gracias de nuevo por vuestra colaboración,comenzaré ya los trámites y les iré comentando lo que suceda.Saludos y gracias de nuevo.