Dexter en la jurisprudencia actual lamentablemente existe la tendencia de que la capacidad económica del sujeto, o mejor dicho incapacidad ha de corresponder a la defensa. Tengo un tema para el mes que viene muy interesante en estos parámetros.
Lo plantearé como elemento del injusto y no como eximente completa y veremos si ello va acorde con la carga probatoria ordinaria
La única defensa posible que conozco en estos casos es la ausencia de dolo, pero no por error, sino por incapacidad. El tipo subjetivo de este delito debe ser doloso, y si consigues acreditar que no pago no por que no quiso, si no por que no pudo, puedes conseguir la absolución. Sin perjuicio de que quien debería acreditar capacidad económica suficiente es la acusación.
Alegar comisión imprudente me parece una quimera teniendo conocimiento de la resolución judicial que establece el mentado pago. Otro tanto del error vencible, pero en un delito tan objetivo siempre puede ser interesante innovar.
El estado de necesidad yo lo veo mejor via de defensa. Se plantea una interesante cuestión aqui, presentarlo como elemento del injusto con lo que la prueba de la capacidad económica deberia ser evidenciada de contrario o plantearlo como eximente en la que teoricamente se invierte en nuestra contra.
Hola buenas, es el primer escrito de defensa que hago y me ha tocado defender la comisión de un delito de impago de pensiones(227 CP), mi defendido el último mes que no pagó la pensión acordada judicialmente por convenio regulador (4 mes no contiguo), alega que pensaba que había realizado el pago, por tanto no existe dolo, y el delito de impago de pensiones no es punible. Pero además ¿podría plantear un error de tipo vencible, basado en la impunidad de la imprudencia en este tipo de delitos?.PD: Aunque según me comento ha perdido su empleo, y no tiene ingresos mensuales, no puedo alegar Estado de necesidad, puesto que no se trata de una ruina sobrevenida/repentina o un supuesto de accidente.Alomejor no queda claro todo pero iré mejorando.