Todavía se ha simplificado más desde que se transpuso la Orden Europea de Retención de Cuentas. Es relativamente nuevo por lo que no conozco muchos detalles del procedimiento, pero entiendo que correspondería de inicio al tribunal que dictó la sentencia. Ve a este juzgado, y te correspondería a ti porque supongo que serás tú a quien se deba pagar la pensión en la sentencia.
Salvo mejor opinión, siempre.
Buenos dias,soy de nacionalidad rumana y vivo en españa de casi 20 años,me case en rumania pero me divorcie aquí con la ley internacional en el año 2009.cuando me divorcie mi hija tenia 14 años y después del divorcio el padre pago la manutención de 300 euros(trabajaba de autónomo) al mes, durante 5 u 6 meses mas o menos,luego se fue del país y dejo de pagar.En el año 2011 lo he denunciado, la sentencia esta pero en aquel entonces me dijeron que, no le pueden hacer nada porque ya no vive aquí en España. Desde hace 5 años el vive y trabaja en inglaterra.Me he enterado que desde el 2013 hay una ley europea que aunque el padre no reside en España, la justicia lo puede localizar y obligar que pague la manutención este donde este.También os comento que mi hija tiene ahora 22 años y sigue estudiando.Tenemos alguna posibilidad de que pague la pensión atrasada?como lo podemos hacer?ahora que ella es mayor lo tiene que hacer ella o lo puedo hacer yo la madre.Donde nos tenemos que dirigir a que nos ayude? Muchas gracias.