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Impago de luz y agua

2 Comentarios
 
09/08/2016 12:10
soyes
Buenos días,

Coincido con "leonjbr" y lo primero que hay que hacer es mirar qué se estipuló en el contrato al respecto.

Pero salvo mejor opinión y si partimos de que en el contrato no se estipula nada al respecto, el cambio de nombre de los suministros debió de hacerse al inicio del contrato, y ello porque, de hacerse tras la existencia de impagos, si a esta persona le cortan los suministros o alguno de ellos puede incluso producirse algún tipo de coacciones en casos más extremos. No creo que se llegara a ese punto pero, salvo mejor criterio, la posibilidad cabe.

Si a usted le adeudan agua y luz (así como cualquier otro concepto), caben dos opciones:

- Mediante demanda de reclamación de cantidad, reclamar las cantidades debidas más la que se adeuden en el futuro, continuándose el alquiler en todos sus términos.
- Interponer demanda de desahucio por falta de pago, que conllevaría la resolución del contrato más la reclamación de las cantidades debidas y que se devenguen en el futuro.

Quedamos a su disposición y le atenderemos personalmente.

Un cordial saludo.
03/08/2016 15:56
soyes
Para responder a esta pregunta sería imprescindible saber qué es lo que pone el contrato al respecto. ¿Qué se estipuló en cuanto a los suministros?
Impago de luz y agua
03/08/2016 14:41
Buenos días a todos, quisiera saber si a un inquilino que no paga la luz y el agua y que esta a nombre del propietario, se le puede avisar de que pase la luz y el agua a su nombre en el plazo de un mes ya que el propietario va a proceder a darse de baja.
¿seria ilegal?
Gracias