Esta bien Justa lo que sugieres pero creo conveniente que esa persona, si verdadaramente quiere ir por el libro en la comunidad y ante tanto moroso, debía promover o intentar promover una reunión bien con la colaboración de algunos vecinos o consiguiendo el 25% que marca la ley para sanear la situación y poner en regla las irregularidades administrativas y poner en cintura a los recalcitrantes que tienen que pagar; me hace pensar que la administradora no está por esa labor y busca lo más fácil, si hay tontos que aceptan, pues así se arreglan muchos problemas en las comunidades, pero en falso, luego viene lo que viene.
Digale a la administradora, que ella no tiene potestad para enviarle ningun recibo, ni tomar ningun acuerdo, que eso se tiene que decidir en una Junta de Propietarios, que hable con el Presidente le explique lo que pasa y que le asesore y si ve conveniente que convoque.
Y pague usted, cuando sea un acuerdo de Junta y sea aprobado con los votos necesarios.
Digale que incurre en responsabilidad, si emite esos recibos sin autorización de la Comunidad, entendiendo como tal a la JUnta de Propietarios
Tengo una consulta que espero puedan ayudarme:
Hace tres años tuvimos la ITE y se aprobaron en varias juntas las cuotas a pagar para poder realizar las obras indicadas. Hay un vecino que no ha pagado ninguna de las cuotas que le pertoca y algunos vecinos deben varias cuotas. El resto de propietarios hemos pagado la última cuota este mes. La adiministradora propuso que los demás propietaros asumieramos la deuda de los morosos para evitar problemas con la empresa que se encarga de la rehabilitación del edificio ya que el proceso judicial en el que se reclaman los pagos va para largo. En la última reunión se acordó hablar sobre las deudas y posibles pagos extras en una reunión que se tendría que celebrar este mismo mes pero he llamado a la administradora y dice que no se celebrará ninguna reunión, que nos enviará el importe del pago extra por correo. Me gustaría saber si estoy obligado a pagar dicho importe ya que yo he terminado con mis pagos y si al ser el importe una deuda de otros propietarios si debería pagarse por las cuotas de participación en la comunidad o por partes iguales.