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impago de la fianza por el propietario

2 Comentarios
 
perfil Jan
30/10/2008 17:49
Hola cocomoti. En primer lugar habría que examinar su contrato para ver si el mismo es de VIVIENDA o de USO DISTINTO AL DE VIVIENDA(Temporada). La diferencia radica en que si es de VIVIENDA la fianza SIEMPRE será de 1 mes de renta y si es de USO DISTINTO AL DE VIVIENDA 2 meses de renta.

Como bien dice mi compañero towanda1969 la FIANZA NO debe utilizarse para el pago de mensualidad/es impagada/s. Además su Arrendador dispone de 1 MES DESDE la devolución de las llaves para reintegrarle a usted la FIANZA.

Le aconsejo que cuando llegue la fecha de extinción del contrato usted REVISE la vivienda junto con el Arrendador para determinar SI HAY O NO DESPERFECTOS. Tanto si los hay como si NO los hay deberá ser reflejado por escrito el estado de la vivienda así como la entrega de las llaves, el cual deberá ser firmado por ambas partes( evidentemente debe constar, además, el lugar y la fecha).

Pasado 1 mes desde la devolución de las llaves si su Arrendador se niega a reintegrarle la fianza podrá usted demandarle judicialmente.

Reciba un cordial saludo.
28/10/2008 12:18
pagar y reclamar luego.porque en teoria no se puede condonar la deuda de dos mensualidades por la fianza.ya que una vez entregadas las llaves es cuando el arrendador procede en 15 dias a su devolucion.segun la aptitud que expresas posiblemente no te lo abone,puede aludir que no se la entregas en perfecta condiciones y que tendra que utilizar la fianza para el arreglo de desperfectos,te tocara reclamar antes de irte echale fotos.intenta que aparezca la fecha en la foto hay camaras que lo hacen,buscate testigos que dejas bien el piso. y a 15 dias notificale por escrito que te abone la fianza en el plazo estipulado por la ley.yo enviaria un telegrama.suerte
Impago de la fianza por el propietario
27/10/2008 17:01
Aviso al propietario del piso, que en 2 meses dejaré el piso (siendo el contrato de un año, y cumpíéndolo en ese momento). El propietario me comenta que no puede pagarme la fianza de dos meses, y que igualmente le debo pagar estos dos meses que me quedan. ¿Qué puedo hacer?