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Impago de basuras

5 Comentarios
 
01/08/2013 12:50
te doy una idea. el alumbrado, barrido y limpieza
del ayuntamiento o municipàl, tenes que recargarlo
sutilmente en el recibo del alquiler, asi el
inquilino no se da cuenta y no hay ningun
malentendido, vos pagas tus obligaciones con el
ayuntamiento municipal y todos contentos....
23/07/2013 19:08
Tomo nota.
Entonces esperaré a ver que pasa. Hay un impago de tres años por parte del antiguo inquilino y no quería sorpresas de última hora con el recargo correspondiente.
Muchas gracias.
23/07/2013 16:26
Si te sirve de algo, yo he estado como inquilina varios años en un piso (en Valencia) y siempre han venido esos recibos a mi nombre, se basan en el padrón, efectivamente. Nunca jamás vinieron a nombre del propietario y en el momento que me mudé, jamás he recibido ninguno a mi nombre (comprobado con el ayuntamiento por si había algo pendiente).
23/07/2013 14:40
Seguro, vino a nombre del inquilino. Por eso he llegado a la conclusión de que el cobro de este impuesto deriva del Padrón municipal, al menos en Sabadell (Barcelona)

Gracias por la respuesta.
23/07/2013 14:24
1 .- Sí, ya que el sujeto del impuesto/tasa es el propietario.
2 .- No, por el motivo anterior.
3 .- ¿Está seguro de que los recibos los enviaron a nombre del inquilino?. Me parece bastante raro, ya que para el Ayuntamiento existe el propietario, no el inquilino.
Respecto a que el contrato hable de los gastos invidualizables, este tipo de impuestos no entra en esa categoría de gastos, que son comunitarios. Debe constar específicamente en el contrato de alquiler que los impuestos (IBI y basuras) serán a cargo del inquilino, y siempre está el problema que le decía en el punto 1, que el sujeto del impuesto es el propietario.
Impago de basuras
22/07/2013 19:51
Hola a todos.
Hace unos días he tenido conocimiento que el antiguo inquilino de de un piso que tengo alquilado dejó impagadas tres anualidades del impuesto de las Recogida de Residuos (basuras).
En su día comprobamos que estuvieran al día de pagos antes de dejar el piso los antiguos inquilinos, pero no "caímos" en comprobar "las basuras".
El piso actualmente vuelve a estar alquilado a otra pareja (desde hace dos meses)

Me surgen varias preguntas, siendo éstas:
1. ¿El ayuntamiento podría reclamarme como propietario del inmueble el pago de esta deuda?
2. ¿El impago de la deuda puede repercutir en algún aspecto a los inquilinos actuales?
3. En el antiguo contrato de alquiler, no había ningún punto que hiciese mención a este recibo. Se habla de su obligación de pagar los "gastos individualizables", pero no menciona expresamente este impuesto. Sin embargo los recibos los enviaron a nombre de la pareja del inquilino. ¿Qué criterio se sigue para la emisión de los recibos? ¿El padrón municipal?

Muchas gracias.