Depende. El monitirio solo te sirve para reclamar la deuda que, en principio, esté vencida. En el verbal puedes acumular al desahucio la reclamación de las renstas vencidas y las que sigan vencienmdo hasatra recuperar la posesión o se produzca el pago si es que aun tiene plazo el arrendatario para enervar el desahucio. www.ltrueba-abogados.es.tl
Si hay un par de recibos de alquiler impagados
y se le ha mandado un burofax con certificación de contenido, el importe es menor de 2.000 euros. Que es mejor un procedimiento monitorio o un procedimiento verbal.