Buenos dias, me encuentro en una situación bastante peculiar, alquilé un piso hace 3 años, por el que los inquilinos pagaban una renta mensual de 750 euros, en diciembre de 2010 me devuelven el primer recibo, hablo con ellos y me dicen que quieren dejar el piso, y que van a agotar los dos meses en concepto de la fianza que tenian (2 meses o sea 1500 euros), pasa enero, pasa febrero y a finales de febrero que me deben ya el mes de febrero, me dicen que se van el dia 2 de marzo, hasta ahí considero que me deben el mes de febrero, el día 2 de marzo quedamos en el piso para verlo y para liquidar el mes de febrero, y la sorpresa es que se niegan a pagarme el mes de febrero que debian, alegando que habian hecho mejoras en el piso. Me entregan las llaves, y con los nervios, me olvido de hacerles firmar la carta de extinción de contrato, a parte de eso habian dado de baja la luz del piso con lo que tendré que darla de alta otra vez; en fin mi pregunta es la siguiente: puedo poner una DEMANDA POR RECLAMACION DE CANTIDAD ?, pueden ellos intentar alguna cosa alegando que no han firmado la extinción del contrato ?. Muchas gracias por la respuesta.
Por el tema de abogados, no me va a suponer gastos, lo único el procurador, ese si que me cobrará, pero queria saber si vale la pena ir al juzgado por una cantidad pequeña como es. El tema no son los 1000 euros que me deben, ni el tiempo que tarde en recuperlos, el tema es que estoy cansado de ir de buena fe por el mundo y que la gente se aproveche de situaciones como esta. Mi pregunta es si puedo ganar en caso de ir al juzgado. Gracias.
En principio se me ocurre, que pudiendo demostrar que los inquilinos abandonaron el inmueble el dos de marzo y para ello puede alegarse el corte de la luz que seguramente lo realizaron en esa misma fecha, lo que demuestra que si la pagaron hasta entonces es que permanecian aun en la vivienda y otra la prueba testifical de vecinos , porteros, recibos de agua ...que prueben que efectivamente vivían allí hasta la fecha en cuestión.
Todo ello si como dices el abogado no supondría un gasto y contando con que le procurador no suele cobrar mucho y por otro lado , cabe que la condena en costas recaíga en los arrendatarios.
Otra es valorar también, la indemnización en concepto de incumplimiento del contrato, por terminación del mismo o antes de la fecha pactada.
Y dado que como dices no le firmastes la extinción del mismo.....
Las cosas son según el cristal con que se mire...
Esto es lo que se me ocurrió, salvo mejor opinión.
a mi también me deben 1000 euros mis inquilinos y quería reponerlos con la fianza, pero me estoy temiendo (por como han funcionado hasta ahora) que no me van a pagar el último mes de contrato y me van a decir que me lo cobre de la fianza, así que, cómo puedo cubrirme las espaldas?
pd. gmor, lo de ir de buena fe y que la gente se aproveche, nos pasa a muchos, y es cierto, uno siente que ya está bien, pero al menos nos quedamos con la conciencia tranquila. no sé si esto te sirve de mucho pero en fín :(
Bueno, la verdad es que en ellos son unos caraduras, pero tambien fué fallo mío al permitir que agotaran los dos meses de fianza que tenian, pero de eso a que me deban un mes, más dar de alta la luz (que me costará unos 300 euros), más un vidrio roto que he visto a posteriori, ... en fin que me estoy planteando una demanda por reclamación de cantidad, ya veremos, ... estoy harto de sinverguenzas !.
Como me ha dicho un forero "esto es un negocio, a veces sale bien y a veces sale mal", pero hay que luchar por lo tuyo, ¿ o no ?, en fin muchas gracias por todas las respuestas.