Gracias por responder, ahora ya se lo que tengo que hacer. En cuanto pueda, lo pongo en venta o lo dejo vacio, no interesa tenerlo alquilado ahora, ya que te gastas en Abogado y Procurador, mas el tiempo que tarda, lo que cobraste por el arrendamiento.
Hola sotivana. La demanda de desahucio y reclamación de cantidad se tiene que presentar en los Juzgados de Primera Instancia, y es necesario Procurador y Abogado. Debes acudir a un Abogado experto en arrendamientos que te asesorará convenientemente. un saludo
He alquilado una vivienda, por medio del Ayuntamiento de Gijon, concediendole al inquilino una ayuda, por lo cual, Vivienda me paga una parte y el inquilino el resto, durante un año renovable. Pues bien, ya en Julio, tardo en pagarme, pero ahora en Agosto, a pesar de dejarle avisos, ni me llama ni me paga. Fui al Ayuntamiento, me dicen que presente un escrito y ellos me pagan 3 meses, pero el resto y presentar la denuncia en el Juzgado, es por cuenta mia. Yo pense, que al hacerlo por el Ayuntamiento, se encargaban ellos del deshaucio, ya que es la publicidad que hicieron para que los propietarios pusieramos los pisos en alquiler, sin miedos. Ahora, veo que es como si no lo hubiera hecho,. Mi pregunta es ¿Puedo presentar la denuncia en el Juzgado de Guardia, por lo civil, y no tengo que llevar Abogado ni Procurador?, o por el contrario tengo que llevarlos igualmente. Gracias