Tengo una duda que me trae de cabeza:
Mi cliente realizó un contrato notarial de compraventa con subrogación hipotecaria, tanto de la obligación personal como de las personales, hace dos años por la cantidad de lo que quedaba pendiente de hipoteca y que quedaba íntegramente en poder de la compradora.
Inicialmente, cuando mi cliente realizó el contrato de préstamo con el banco estuvo "obligado" a contratar, entre otras cosas, un seguro de vida.
Pues bien, han pasado dos años y la compradora no se ha subrogado ni lo ha intentado, aunque paga mediante ingreso en cuenta de mi representado las mensualidades de la hipoteca, pero nada del seguro de vida, que abona éste último. He optado por una demanda de juicio ordinario en ejecución de acción por incumplimiento y subsidiariamente la resolución contractual, pero mi eterna duda es en qué base encajar los daños y perjuicios. ¿No debería pedir los mismos daños tanto para cumplimiento como para rescisión? Si se da la rescisión y vuelven las cosas al status quo anterior, ¿no deberían NO devolverse las mensualidades abonadas por la compradora (ya que si no habría estado viviendo de gratis estos dos años)?
He buscado y apenas encuentro nada esclarecedor en el asunto siquiera de la exigencia del cumplimiento judicial de la subrogación.
Agradezco de antemano la ayuda que me puedan ofrecer. :)