Mi consulta es la siguiente, en una arrendamiento se comunica al arrendatario la actualización de la renta, (pero este no recoge la notificación mediante burofax), sigue ingresando la renta que abonaba anteriormente, pero sin actualizar, si ahora le requiero nuevamente para que me abone estas cantidades, ¿podría iniciar un deshaucio por falta de pago ? Es que como la ley habla de impago de renta o cantidades asimiladas, y rigurosamente, no es falta total de pago de la de renta, (porque paga la anterior, no la actualizada).
Muchas gracias