Pues lo siento, yo no se informarte sobre eso, no tenia ni idea que un trabajador de una empresa no pueda conducir vehiculos de otra ¿no cabe prestarse vehiculos entre empresas? ya te digo, sobre ese tema ni idea.
Pero sobre lo de identificar a tu compañero como conductor, entiendo que si, que pueden y deben hacerlo.
Si, la persona realizaba tareas de reparto de su empresa con el vehículo de otra.
En cuanto a la sanción me refería a la empresa, ya que tengo entendido que el trabajador de una empresa no debe conducir vehículos de otra.
No me queda claro si esa persona en cuestion conducia o no el vehiculo que supero los limites de velocidad.
Pero al margen de eso, claro que se puede identificar a alguien que no trabaje en una empresa, piensa que los particulares titulares de vehiculos no siempre son los conductores, y se admite la identificacion de un hijo, un vecino... ojo, no quiero decir con esto que se pueda identifciar a alguien sin mas, si el conductor identificado niega serlo, hay que demostrarlo.
Hola, recientemente han denunciado a un compañero de mi empresa en un radar de velocidad, sin identificarle.
Al recibir la denuncia en la empresa a cuyo nombre está el vehículo, la piden que identifique al conductor.
Hasta ahí todo correcto, pero el tema está en que mi compañero trabaja en una empresa y el vehículo es de otra (2 CIFS diferentes).
¿Pueden identificarle sin trabajar en esa empresa?
¿Podría tener alguna sanción aparejada?
Gracias y un saludo.