Mi cliente, funcionario que profirio una injuria contra un administrado ha sido denunciado doblemente a nivel penal art 620.2 CP y disciplinario (falta de consideración a los ciudadanos).
Tengo la duda si hay identidad de bien juridico protegido (con lo cual se salvaria de la sancion disciplinaria por el principio non bis in idem)
por un lado el 620.2 el bien juridico protegido es el honor. pero cual seria el bien juridico protegido en la falta de consideracion a un ciudadano.
Aclaro, el ciudadano ( con sida) le escupio en la cara, y mi cliente perdio la compostura y le dijo que era un h. de p.