En el mes de septiembre alquile mi vivienda en la que resido, y se que me corresponde como inquilina abonar el IBI, pero me surge la duda si he de pagar la totalidad del impuesto o la parte proporcional desde el mes en el que firme el contrato.
El sujeto pasivo del IBI es el propietario del inmueble, a no ser que se haya pactado el pago por parte del inquilino; si es así, debería corresponderle solo una parte del año, pero habrá que revisar lo pactado en el contrato,
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