Buenas tardes. Soy arrendatario de una vivienda de renta antigua, pues el contrato se celebró en 1969 entre mi padre y el arrendador y yo me subrogué en él en 1974 con el mismo contrato. En el contrato no se dice nada sobre el pago del IBI, pero lo vengo abonando desde siempre. Debo seguir haciéndolo, o no tengo obligación?. Muchas gracias por las respuestas
En mi contrato de arrendamiento se pactó el lugar de pago en el domicilio del arrendador, pero nunca se ha hecho así el pago, pues desde hace más de 30 años se ingresaba la renta en cuenta bancaria del propietario o bien venía éste a mi casa para cobrarla. Ahora que tengo 88 años pretende el arrendador acogerse a lo pactado y que vaya a su casa a pagarle. Puede hacerlo? Cabe acudir a algún procedimiento judicial para hacer valer mi derecho?. Muchas gracias por sus respuestas
Hola doki. Respecto al IBI debe usted seguir abonándolo. En cuanto a la renta si durante los últimos años se ha realizado mediante transferencia bancaria ahora el arrendador NO tiene derecho a exigir o cambiar la forma del pago.
Muchas gracias, Jan, yo también creo que no tiene derecho a cambiar la forma de pago, pero en qué precepto legal podría apoyarme? cómo puedo hacer valer esta postura al arrendador o ante un Juzgado? Conoce Vd. alguna sentencia al respecto?Agradeceré nuevamente su respuesta
Buenos días. Soy un inquilino. En mi contrato de alquiler hay una clausula que especifica, de forma general, que debo hacerme cargo de todos los impuestos de la vivienda. ¿Se deduce de ello que debo pagar el IBI? Gracias.
Hola uninquilino. La cláusula que usted menciona es muy frecuente en la práctica diaria. Sin embargo si NO se detalla la cuantía del IBI del año o años anteriores usted NO estará obligado a pagarlo.
Hola uninquilino. El precio que se paga por la recogida de basuras es una TASA y no un IMPUESTO, por lo que la doctrina entiende que SÍ entra dentro de la cláusula que usted transcribió, sin necesidad de individualizarla.