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Ibi

2 Comentarios
 
21/02/2004 23:39
Prevalece segun la ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las hh.Ll. El usufructuario en vez del nudo propietario, a la hora de determinar al sujeto pasivo.
20/02/2004 12:06
Estimado Moises:

Yo entiendo, que al no haber realizado la LIQUIDACION CONYUGAL DE GANANCIALES, y al margen del uso y disfrute de la vivienda, deberiais pagar el IBI al 50 %, (salvo pacto en contrario).

Espero haberte ayudado.
Ibi
19/02/2004 22:59
estoy separado pero aún no hicimos la liquidacion de gananciales ,¿quien tiene que pagar el IBI?los dos al 50% o la persona que tiene el uso de la vivienda conyugal?