efectivamente, el obligado es el propietario por escritura el día 1 de cada año. Aunque lo recojan las ordenanzas fiscales, la obligación al pago, obligado tributario, hecho imponible y otros lo determina el Real Decreto Legislativo 2/2004 Texto refundido de Haciendas Locales
Estimada Esperanza2: Efectivamente el devengo del IBI se produce el uno de enero de cada año.
En cuanto a la recaudación en algunos municipios los propios ayutnamientos y en otros esta cedido a las diputaciones.
Donde encontrar la regularizacion del IBI: en las páginas WEB de cada ayuntamiento.
En la compra-venta de una vivienda de nueva construcción el promotor puede repercutir la parte proporcional correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles, o por el contratio el hecho imponible del impuesto de lleva a cabo el que a fecha de 1 de enero es propietario del inmuebles.
Si es así ,ruego me comenteis en que ordenanza lo puedo encontrar? es un impuesto que recaudan los ayuntamientos?
Gracias