Hola a todos, tengo algnas dudas y agradecería vuestra ayuda.
MI nómina está embargada y lo estará mucho tiempo, no tengo bienes. Debo algunos recibos del IBI de un inmueble que se ha adjudicado un tercero.
¿Creéis que existe alguna posibilidad de que la administración exija el pago del IBI de los dos últimos recibos al adjudicatario antes de proceder al intentar embargar mi cuenta en la que no hay dinero más que el restante de la nómina embargada?.
Se que el en foro no se juzga y que los mensajes por tanto no deberían precisar de explicación pero todo tiene su porqué, no se trata de que yo sea un cara. Gracias por vuestra ayuda.