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IBI en renta antigua lau 64 antes decreto boyer

5 Comentarios
 
04/08/2006 11:01
respecto al IBI, sí se exige cada año
de la segunda pregunta ni idea.
03/08/2006 16:04
Virginia: Hola, he visto el mensaje de arrendador, y la respuesta que vd. le da. Me surge una duda, que si es tan amable, y puede respondérmela,:
1) veo que le puede exigir el IBI de los últimos cinco años, pero a partir de la actualidad, se lo puede seguir exigiendo cada año?
2) El incremento del IPC, en el caso de que no proceda actualizacion de renta, sólo se puede hacer de los doce meses inmediatamente anteriores, verdad?
Gracias
03/01/2006 22:27
Agradezco su respuesta.- Si fuera Vd tan amable podría contestar a otro post cercano que he puesto interesándome por necesitar el piso para hijo.-

La deuda del teléfono es de hace 10 años, y ya le he requerido varias veces mediante correo certificado (que ya sé que no vale) y hace poco le requerí por burofax con las características que Vd. menciona. A pesar de que la deuda del teléfono es de hace 10 años (porque ya se cortó el teléfono por falta de pago, y actualmente tiene una línea el inquilino a su nombre), ¿esa deuda se le puede reclamar todavía, pasados 10 años?¿Sería ello motivo para no enervar el desahucio si lo requiero con dos meses de antelación por burofax?
03/01/2006 13:12
Usted puede repercutirle el ibi de los últimos 5 años y si no se lo paga es causa de resolución de contrato por impago, aunque esto es un poco discutido dependiendo de los juzgados. En cuasnto al pago del telefono eso si que es absolutamente claro que el impago del mismo es causa de resolución del contrato por lo que quizá lo mejor sería requerirle el pago de ambas cosa por medio de burofax con acuse de recibo y certificación de texto y dandole un plazo de cuatro o cino días para que realice el pago, asdvirtiendole que en caso contrario procederá judicialmente.
Si no le paga puede iniciar un desahucio por falta de pago.
Por otra parte sería interesante saber si le ha requerido el pago de algún siministro con anterioridad y aun no se lo ha pagado.

Un saludo
virginia
varceabogada@yahoo.Es
01/01/2006 20:07
¿Pero usted no procedio a la actualizacion de la renta, cuando entro en vigor la nueva LAU el 01-01-1995?.
Hable con un abogado, facilitandole copia del contrato de arendamiento, para que le asesore sobre todo esto. No solo es el cobro del IBI.
Ibi en renta antigua lau 64 antes decreto boyer
30/12/2005 18:20
Tengo un piso alquilado en renta antigua, lau del 64. Nunca le he cobrado IBI al inquilino, y leyendo este foro he visto que lo puedo hacer. Será poco pero algo es algo.
Quisiera saber:
¿En qué forma comunico al inquilino que le paso el IBI, mediante burofax con acuse de recibo y certificado de contenido en esta semana diciendo que lo pague junto a la mensualidad de febrero? ¿Y si no lo recoge, tiene valor el que yo lo haya hecho así para que se considere deuda?
¿Cuántos años de IBI le puedo pedir? Me han comentado pero con dudas que podría pedirle el IBI de los 5 últimos años, o sea, del 2000 inclusive hasta el 2005, es así?
¿En qué términos le podría requerir por burofax? “Le comunico que según la legislación vigente procedo a repercutirle el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, correspondientes a los años 2000-2005 inclusive, que ascienden a la cantidad de X euros que deberá abonar junto con la mensualidad de febrero de 2006”?
Si no abona dicha cantidad en el plazo, ¿puedo presentar demanda de desahucio por impago de rentas?¿Se considera renta? Mi inquilino paga cuando le da la gana, dos meses después, un mes, varios días, pero nunca, NUNCA, en el plazo fijado en el contrato (que ya le he mandado varias cartas para que lo haga). Además, me sigue debiendo teléfono desde hace más de diez años.
Gracias.-