El IBI nunca puede ser un gasto comunitario. Aunque no esté hecha la división horizontal, el Catastro tiene que tener el edificio dividido con distintas referencias catastrales y el valor asignado a cada unidad independiente.
Los gastos en comunidad son o generales y extraordinarios.
Los generales: los que se abonan de forma regular y periodica y el IBI en su edificio al pagarse una vez al año es de forma periodica y regular.
Que quiere indicar con : "El IBI no es gasto general a efectos del art. 9.1.e LPH"
Usted como lo denominaria?
Se adquirió en subasta.
El certificado no exonera de la responsabilidad del art. 9.1.e LPH.
En este caso lo paga la comunidad por no estar segregado en cocheras el garaje.
Y lo cobra por partes iguales a los dueños de las cocheras.
El IBI no es gasto general a efectos del art. 9.1.e LPH
Me adjudiqué el 29 de enero de 2016 unas cocheras.
Entiendo que no es el IBI gasto general de acuerdo con el art. 9.1.e LPH
Al no estar segregado en el catastro el garaje por cocheras el IBI lo paga la comunidad y le cobra por separado a cada propietario.
Tienen derecho a cobrar de mí la comunidad el IBI del año que me adjudiqué las cocheras?
Tienen derecho a cobrar de mí la comunidad el IBI del año que me adjudiqué las cocheras pero solo de los días del año que fueron de mi propiedad prorrateando por días?
O no tienen derecho a cobrarme nada porque las cocheras a fecha de devengo del IBI, 1 de enero no era de mi propiedad aún?
Gracias.