El 11 de Enero de 2006 hemos recibido notificación de liquidación del IBI correspondiente al año 2001 que, según la carta del Concejal Delegado de Hacienda de Alcalá de Henares, "no habian podido ser emitidos por este Ayuntamiento, al no haberse producido la imprescindible y previa valoración catastral de su finca". Dicha valoración nos fue enviada el 17 de Mayo de 2002 y los recibos de IBI del 2002 en adelante han sido pagados en sus respectivas fechas.
Nos adjuntan ahora una "Liquidación Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana aprobada por decreto del Concejal de Hacienda nº 288 de fecha 17 de noviembre de 2005.
Mi pregunta es, ¿está o no prescrito dicho impuesto correspondiente al año 2001?