En el recibo figuran 2 valores:
1.-Valor del suelo ( que incluirá la parte del terreno que le corresponde en la urbanización).
2.-Valor de la edificación.
Para estos valores el Catastro utiliza unos módulos previamente aprobados en una Junta.
Sobre este valor total los Ayuntamientos pueden aplicar un recargo cada año ( que Lo llaman "catastrazo"), que según el municipio puede resultar exagerado.
La vivienda es una necesidad primaria, y hacer pagar impustos por las necesidades es una ...... ( ponga lo que quiera)
I.b.i. (cálculo de metros computables y de % de tributo)
Ante todo, muchas gracias.
Tengo un piso de 98m2 construidos, con trastero y plaza de garaje anejos de 4 y 12 m2 respectivamente. El inmueble está ubicado en una urbanización cerrada con zonas comunes (patios, piscina, jardines, zonas de paso...)
Mi pregunta es: ¿cómo valora el catastro los metros computables de mi vivienda? ¿es igual el coeficiente de metro de vivienda que de zona común? (porque para valorar terrazas, de hecho, sé que computa a 1/2 el m2) concluyendo: en el recibo del i.B.I. Me viene especificado un total de metros (vivienda y elementos comunes) que a todas todas me resulta exagerado y por el que pago el mismo importe sea de lo que sea "cada metro". Me he informado en la pag. Del catastro y no me sacan de dudas...