Si viene el ibi nombre de mi padre fallecido, y llevo más de diez años pagando yo, tengo derecho a la propiedad como usucuparia de buena fe.las escrituras están a nombre del fallecido.
La heredera es mi hermana, pero no a aceptado la herencia y no piensa aceptarla, además tiene una enfermedad que se la va a llevaren poco tiempo.Una cirrosis y es alcohólica y no se cuida, le han dicho que como mucho 3 años. Quedaria entonces de heredera mi madre. Porque la casa está a nombre de su segundo marido, que en realidad es mi padrastro. Por otro lado me han dicho que después de pagar 10 años la contribución podría quedarme aquí, y llevo pagados pero a nombre de Fernando mi padrastro. Ylo que llev tres años domiciliados en mi cuenta.Pero el recibo sigue a nombre de él. Gracias.
La heredera es mi hermana, pero no a aceptado la herencia y no piensa aceptarla, además tiene una enfermedad que se la va a llevaren poco tiempo.Una cirrosis y es alcohólica y no se cuida, le han dicho que como mucho 3 años. Quedaria entonces de heredera mi madre. Porque la casa está a nombre de su segundo marido, que en realidad es mi padrastro. Por otro lado me han dicho que después de pagar 10 años la contribución podría quedarme aquí, y llevo pagados pero a nombre de Fernando mi padrastro. Ylo que llev tres años domiciliados en mi cuenta.Pero el recibo sigue a nombre de él. Gracias.
La heredera es mi hermana, pero no a aceptado la herencia y no piensa aceptarla, además tiene una enfermedad que se la va a llevaren poco tiempo.Una cirrosis y es alcohólica y no se cuida, le han dicho que como mucho 3 años. Quedaria entonces de heredera mi madre. Porque la casa está a nombre de su segundo marido, que en realidad es mi padrastro. Por otro lado me han dicho que después de pagar 10 años la contribución podría quedarme aquí, y llevo pagados pero a nombre de Fernando mi padrastro. Ylo que llev tres años domiciliados en mi cuenta.Pero el recibo sigue a nombre de él. Gracias.
Quizás el hecho de pagar el IBI tantos años sea prueba suficiente de "ocupación consentida" que eso en alguna comunidades es una de las formas de adquirir un inmueble. Si es inconsentida creo que nos vamos a 25 o 30 años.
Vía judicial puede iniciarse el proceso, con todas las pruebas que acrediten ocupación durante 10 años (facturas, certificados de vecinos, comunidad, pareja, etc.)