Buenos días: Una empres ha recibido después de 5 años el recibo para ingresar la cuota del IAE del año en curso. La facturación del 2006 fue superior a 1 millón de euros. ¿Hay que pagar? Gracias.
Bien pero me pregunto si una vez que pasen los dos años de exención, durante los siguientes cinco años hay una bonifiación del 50 % de la cuota y en la liquidación no está ¿es correcto? Saludos.
Esa es una bonificación que pueden establecer los Ayuntamientos de forma potestativa, mediante la adopción del oportuno acuerdo del pleno municipal y la aprobación de la correspondiente ordenanza fiscal. A lo mejor tu Ayuntamiento no la reconoce.
Macf, si la liquidación que has recibido es del ejercicio 2007, el importe neto de la cifra de negocios que han tenido en cuenta ha sido la de 2005.
Efectivamente los Ayuntamientos puede establecer una bonificación durante los siguientes 5 años, terminados dos desde el inicio de la actividad, pero primero ha de establecerlo el Ayuntamiento y segundo es una bonificación de carácter rogado, es decir una vez que se publique el padrón y el consiguiente recibo debe solicitarse la miama en los plazos, sino la pierdes, por lo menos ese ejercicio.
La empresa ya ha recibido la notificación directamente de Hacienda para hacer el pago. ¿Tú dices que hay que pagar y para el caso que haya bonificación en el Ayuntamiento donde está el domicilio de la empresa entonces solicitar la bonificación? Saludos y gracias.