Te puede pasar lo que me pasó a mi en un juicio de faltas donde el fiscal pedia la absolución por falta de pruebas...y el único que faltaba allí era el imputado.
Me comenta el denunciante de que vayamos los 2 y hablemos con el juez previamente al juicio para ver si es verdad que nos absuelven por no presentarnos al juicio. La verdad no se como saldrá esto...
Habla con él y llegar a un acuerdo. Sí ya ha dicho que no quiere ir al juicio por ello, es porque el perjuicio causado no es tan grande. Sí no vais ninguno de los dos, tal y como te dice Fuste, la absolución es segura. También existe la posibilidad de que los dos vayais a juicio y él reniegue de cualquier compensación o castigo para ti. El video no estará en el juicio, y si lo estuviere se veria que la recoges del suelo.
Lo que sí deberias de haber hecho, es enviarle por correo al menos su documentación o echarsela al buzón ¡que menos!
Entiendo lo que decis pero no necesito un sermon, la leccion ya la tengo aprendida. Ahora tan solo he preguntado de forma educada si tenemos alguna via para que no se celebre el juicio.
Gracias
Yo, sí. Debo ser un bicho raro.
Ni siquiera tuvo la decencia de devolver la documentación y las tarjetas. Un buen garrotazo económico es lo que se merece.
En todo este hilo se está hablando de "multas" irrisorias, de que es una tontería...
No sé, me falta empatía. ¿Nadie se ha parado a pensar en el trastorno que se le ha causado al tipo que perdió la cartera? Lo de los 20 euros (o 100, si los llevara) es lo de menos. Hay que anular todas las tarjetas, solicitar nuevas, volver a sacar DNI, carnet de conducir, tarjeta de la Seguridad Social... en fin, un par de mañanas perdidas, como mínimo, haciendo papeleos, por una "tontería". A esto súmale, si el tipo tiene la suerte de tener trabajo, los permisos que tiene que pedir, los caretos del jefe cuando los pide y/o los descuentos en la nómina.
Más multas tendrían que poner.
Refloto el post porque estoy intentando llegar a un acuerdo con el denunciante pero en la cédula de citacion, tanto en la mía como en la suya, menciona que estamos obligados a asistir al juicio de faltas.
El me ha comentado que fue a denunciar a la comisaría el robo por los temas de DNI y demas pero en ningún momento quiere ir a juicio por esto. De hecho no llevara abogado.
Por favor, alguien me podria confirmar que pasaría si ninguno de los 2 acudimos al juicio? Alguien sabe el proceso para zanjar esto? En caso de tener que asistir, que deberíamos decirle al juez para que no me multen?
Gracias de antemano
Efectivamente puedes hacer lo que apuntais tu y mjmarse de devolver el dinero al denunciante y que no asista al juicio, si lo acepta pues perfecto pero por si acaso tu estate el dia del juicio alli, si no asiste perfecto pasas tu solo y punto no sea que te pueda decir a ti que no va a asistir y luego se presente, hay gente para todo, en principio yo si que veo una buena idea lo de intentar darle lo sustraido y negociar con el pero en caso de que el no quisiera pues te enfrentas al juicio y sin mas problemas lo niegas y punto.
Hola
A efectos prácticos y para evitar problemas para todos (denunciante, juzgado, y usted mismo) puede intentar hablar con el denunciante (abonarle lo sustraído e incluso alguna compensación), pedirle perdón y solicitarle que no acuda al juicio.
Si no entra nadie se dictará sentencia absolutoria por falta de pruebas y se acabó.
si necesita ayuda, consejo o cualquier escrito puede contar con nosotros.
www.asesorlegalgratis.com
Muchas gracias por tu respuesta Fuste.
Por otro lado, como ves la idea de intentar localizar al denunciante y pedirle que retire la denuncia a cambio del dinero substraido.
rocogarrex si no te presentaas al juicio directamente te condenan y a lo mayor que se te pida.
Tienes que asistir y en mi oponion niegalo todo y di que tu no eres el del video intentando asi lograr una sentencia absolutoria, ten en cuenta que no hay testigos ni nada , solo un video que en muchas ocasiones no es considerado como prueba en españa.
Si lo reconoces como dice vigilante 1987 la condena ya la tienes, yo intentaria conseguir una sentencia absolutoria que es perfectamente posible, PARA ELLO NEGARLO TODO SIEMPRE.
Coincido con Pilakas. La conducta se ajusta a una falta de apropiación indebida del art. 623.4 CP. A efectos prácticos no tiene trascendencia, la pena es idéntica para ambas conductas.
Lo que indicas de la citación, en muchas ocasiones para los juicios de faltas sucede que la citación no es exacta respecto de la calificación jurídica de la falta, tampoco tiene trascendencia práctica.
La pena ha de ajustarse a la multa o al arresto domiciliario que es lo que impone el CP. Lo que sí puedes hacer es que tu abogado hable con el Fiscal y con el Juez para pactar una conformidad y que te condenen a cuatro días de localización permanente (en tu domicilio) ha cumplir en dos fines de semana.
La verdad no se si seria hurto o apropiacion indebida. En la citacion pone "hurto" asi que imagino que sera asi en estos casos.
Yo la cartera me la encontre en el suelo y al poco tiempo me fui.
La verdad sigo dandole vueltas a que deberia decir en el juicio... Si digo que no soy yo el del video, no seria mejor?
Sabeis si puedo elegir entre pagar o realizar labores sociales, arresto domiciliario, etc? Me niego a pagar 400 o 500€ por esta tonteria.
rocogarrex...si es tal y como lo cuentas, que te encontrastes la cartera, no veo que eso sea un hurto, más bien me inclino por una apropiación indebida (falta, por supuesto).
Lo suyo sería que fueras legal, te van a poner la misma multa mientas o digas la verdad... Por lo que al menos se honesto... Di que te la llevaste y acata con lo que hiciste.. He ido a muchos juicios por faltas de hurto y te aseguro que la pena es de risa... Si por mi fuera.... Ya te digo que siendo honesto contigo te diría que no llevaras abogado te saldrá caro... Es tu decisión..
Muchas gracias a los 2. Imagino que negare los hechos y esperare a ver que multa me cae. Al estar en paro imagino que podre compulsarlo por arresto domiciliario o labores sociales.
La pena por un hurto es localización permanente de 4 a 12 dias o multa de uno a dos meses. (calcula a unos 10 euros diarios más o menos).
En los juicios de faltas, salvo rarisimas excepciones que no es este caso, no hay costas.
Si no te presentas se celebra sin tu presencia.
Si en el video se te identifica y éste se presenta en la vista. Difícil. De todas formas, mi consejo es que te presentes y con un abogado. A los Juzgados hay que ir siempre con abogado, por si acaso.