Muchas veces, más chico había cometido la chiquillada, de un día de compras sacarme varias prendas del el corte inglés o similares. El problema fue ahora con 18 en un momento de debilidad robé unos Levis 501, cautelósamente, vigilado por empleados secretos. Desprendida la alarma iba a salir y me paró una chica que me dijo que me llamaban de seguridad, siempre oí el tópico de "hasta la 3º vez nunca te dicen nada", bien, eso es mentira.Allí pusieron una sonrisa al saber que tenía 18 años, vino la policía que no me leyó mis derechos, pero si me hizo esperar unas horas en comisaría, hasta que me dieron una citación para un juicio en solo unos días, asegurándome con unas palmaditas en la espalda que sería una multa simbólica no mayor de 50 euros.
Mi relación familiar es fatal, falté al colegio y fuí al juicio yo solo. El chico secreto expuso su versión y yo me limité a corroborarlo, pensé que evitaría lios. El juez parecía ir de "padre justiciero" y me hizo una serie de preguntas del tipo ¿en que trabaja tu padre?¿tu madre?¿donde vives?¿a que colegio vas? Mi padre trabaja en el cine. Voy a un colegio privado, tengo un chalet... Pero estas respuestas sinceras de un cahval(yo) que estaba cagado de miedo en su primer juicio, no revelaban que mi relación con mis padres es horriblemente mala, que por muy buen nivel que parezca tener mis padres van apretados de dinero, y aunque no lo pensé antes podría haber agregado un informe psiquiátrico, ya que estoy en tratamiento con medicación, por un cuadro de neurosis obsesiva compulsiva.
Pero el juez vió el chaval pijillo que con cara de bueno iba diciendo sí a todo, y respondiendo la verdad.
Sentencia: 30 euros por día durante 20 días, a falta de pago durante dos días, un día de privación a la cárcel, vamos que 600 euros. Y aquí empieza el problema, la secretaria que me dió la sentencia no me dijo ni cual era el sistema de pago ni como funcionaba nada,me recomendó recurrir para alargar el plazo de pago. Me parecía injusto, en la sentencia ponía que la multa menor era de 200 pesetas(ni si quiera se han adelantado al euro) y al no haber explicado ciertos detalles de mi situación familiar y económica(soy estudiante)recurrí con dos caras de folio,. Hable algunas veces con la tía de un amigo, abogada, quien leyó el papel y dijo que era correcto.Solo me quedaba esperar. He sacado dinero hasta de las piedras. He gastado lo menos posible, pues las consecuencias de que mis padres se enteren suelen ser fatales, es mi primer lio legal.Cumplía ya dos meses del juicio cuando mi tío que es secretario de los juzgados me llama y me explica lo siguiente:que por lo visto el fiscal, juez o quien demonios sea la autoridad que supervisa esto, se ha cabreado especialmente con mi caso, no le parece correcto que un niño pijito,haya recurrido,se lo toma como una falta personal el que recurra a la sentencia pues piensa que recurro negándo los hechos ya reconocidos y no es así. Total que mi tío no se si se pasa de listo, pues es solo un secretario, que lleva trabajando 20 años ahí, pero asegura que el señor este me puso la multa mínima(¿600 euros?) por haber reconocido, y que por el hecho de recurrir(creo derecho propio) me va a poner la mayor multa. La abogada dice que eso es irregular y que nunca lo ha visto.¿algo de esto tiene sentido??¿En caso de desestimar el recurso, no pasaría este a la audiencia?¿sería la audiencia capaz de aumentar la multa??¿tengo posibilidades de bajarla?
Francamente esto me parece una pasada enorme, 600 euros, llevó meses ahorrando el dinero que me dan para comer y la paga y de repente me llega la amenaza,de que multipliquen la multa, mi relación con mis padres es muy inestable y necesito consejos, solo he tenido de un tío secretario del juez que cree conocer todas las leyes,una abogada tía de uno de mi clase que nunca me ha visto en persona,y una secretaria amargada que me recomendó recurrir con cara de comprensión.
Lo he llevado bastante mal,si hubiera hablado antes con alguien, o hubiera traido un informe psiquiátrico habría ganado algo, y me arrepiento mucho.¿Estaría a tiempo de presentarlo en caso de una nueva citación?
Vamos mi consulta general es ¿tiene sentido algo de lo que me han dicho/aconsejado las diferentes personas con las que he hablado, o cual es el futuro más probable que le espera a esto?
Un dato muy importante es que a pesar de llevarlos escondidos, nunca salí del local, cuando ví, que la señorita de rojo se dirigía a mí desde la salida me dirigí hacia ella, me he enterado de que podría haberse calificado de "intento de hurto", pero el de seguridad dijo "una vez atravesada la linea de cajas" y todos sabemos que no hay una linea de cajas en el corte inglés, el límite esta donde el detector,en la puerta.
los jueces NO TIENEN SECRETARIOS.
Los juzgados, SÍ.
Y debería conocer las leyes, pues es LICENCIADO EN DERECHO, además de tío suyo (del que desconoce hasta la esencia de su trabajo, ya veo la relación familiar), y al que debería agradecer su interés.
Como yea es un veterano (reconoce haber hurtado MUCHAS veces) sólo puedo decir....
GAJES DEL OFICIO, muchacho.
Asuma las consecuencias de sus actos y deje de calificar a todos los demás protagonistas de esta historieta.
Y por lo demás, le aconsejo que hable con el abogado que le llevó el asunto, si lo hubo.
Y, lo más importante, siga tratándose de su neurosis y aléjese de los establecimientos de venta al público.
Cuando reciba la sentencia de su recurso, asúmala, y afróntela como el inicio de su cambio de conducta, o me temo que los problemas no harán sino aumentar.
Lo de la "línea de cajas" y el detector de la puerta exterior, se lo podrá explicar un licenciado en derecho que no sea secretario y que, por tanto, pueda creer que conoce todas las leyes.
Suerte.
Sí, se lo podrá decir alguien que sepa el momento de perfección del contrato de compraventa en establecimiento de esa naturaleza (con "línea de caja") y el momento en que se entiende producido el resultado o apoderamiento.
Seguro que el vigilante se refería al "hipercor" que como casi todos los clientes saben, no es lo mismo aunque lo parezca (sí a mí también me extrañó la primera vez que me lo dijeron).
Como ud mismo admite estar enfermo, lo más importante es que acuda a tratamiento médico, e intente alegarlo si no lo hizo antes, aunque tal vez no sirva para nada.
Y, con 18 años recién cumplidos, ya no eres un CHAVAL.
Empieza a pensar como adulto.
Excesivamente dura la condena y excesivamente dura las respuestas de anónimo.
Supongo anónimo, por tu respuesta en el foro procesal, que tendrás alguna relación con los secretarios judiciales (quizás para sentirte más agusto fedatarios judiciales, o públicos o como quieras llamarles).
En mi opinión tu reacción es desproporcionada. El chaval viene a pedir consejo legal no la parrafada de frustrados justicieros que pretender indicar lo que está bien y lo que esta mal. Para eso ya esta el Juez.
Espero sinceramente que te rebajen la multa impuesta, y estate tranquilo que en ningún caso ésta se verá elevada.
No sé, tal vez hubo una sentencia de conformidad, que en el acto se declaró firme y ejecutoria.
A lo mejor es tan fácil de ver como la desproporción que se dice.
Claro que yo no conozco todas las leyes, como otros.
Como bien dijo JMP, la primera persona que respondió, lo hace de forma ofensiva, y le aseguro que usted, sea quien sea, no es quien para criticar algún aspecto de mi enfermedad, de la que por cierto no sabe leer muy bien, ya estoy en tratamiento y medicado como indico en el mensaje, y para darme leccioncitas hay ya muchas personas y aquí vengo a pedir consejo como y no a otra cosa como parece interpretar usted, ah y sepa que por la enfermedad que padezco no estoy impedido de pasar cerca de un centro comercial, ya que sus raices son mucho más lejanas a este problema, y no tengo nada más que decirle, sea usted así con sus semejantes, seguro que le va de maravilla.
Nada más decir que gracias a los que me aconsejan.
Un saludo.
- Supongo que no llevaste abogado. Podías haberlo tenido.
- ¿Te conformaste?. O mi código está mal o no me salen las cuentas, porque para la falta de hurto lo mínimo es un mes de multa.
La cuota de 30 euros me parece una barbaridad.
Y si te conformaste, ¿apelas?. No entiendo nada.¿Ese recurso "de dos caras de folio" es de apelación?
No sé exactamente qué es lo que quieres saber. En si apelas la Sentencia resuelve la Audiencia, y ahí pueden ponerte una condena superior o inferior, sólo están limitados por lo que establece el Código para el delito (falta) en cuestión.
No puedes presentar pruebas nuevas (que pudieras haber aportado en el momento dej juicio).
Si explicas algo más del juicio-sentencia, quizás te resolvamos más dudas. Contar la historia está bien si te quieres desahogar, pero no sirve de mucho a efectos prácticos. Los errores ya están cometidos. No sé a qué te refieres con que "no te leyeron tus derechos". ¿No te dijeron que tenías derecho a solicitar un abogado de oficio si no querías designar uno?¿No declaraste en comisaría?
Dices que "la secretaria" (no lo era) no te informó sobre la forma de pago. ¿Preguntaste?. Normalmente te mandan una carta a tu domicilio diciéndote el número de cuenta, así que tampoco es su obligación decirte nada si no preguntas.
¿Qué papel no hacía referencia a tu situación familiar y económica?¿La sentencia?¿Qué papel dice la abogada que es correcto, tu apelación?
Y con respecto a lo de tu tío, que "sólo es un secretario"...un poco de respeto.
No soy penalista, pero creo q está prohibida la "reformatio in peius", o sea, imponer una pena superior en la segunda o ulteriores instancias. Lo q antes se ha indicado en contrario, entiendo q se refiere a q el juez de lo penal no está obligado a imponer la pena mínima solicitada, sino q puede recorrer todo el rango q la ley permite dentro del tipo o incluso promover la variación en la calificación por las partes, vía art 733 lecrim.
No, fue un error, pido disculpas. No estaba pensando en este caso concreto, que sólo recurre él, y por tanto no hay otras peticiones a las que el Juez pueda hacer caso. Ya había dicho JMP que la pena en ningún caso podría ser más elevada.
Al hilo de esto, agradecería alguien me aclarase una duda:
Si a un menor de 18 y mayor de 21 años se le imputa una falta, no está asistido de Abogado, y, por tanto, desconoce que puede solicitar que se le aplique la Ley de Responsabilidad Penal del Menor:
¿No está obligado el Fiscal a proponer la aplicación de dicha Ley si concurren los requisitos en ella exigidos?
Querida Ana, en todo caso "sera mayor de 18 y menor de 21". Ya se, ha sido un lapsus como tenemos todos :-)
Por lo demás creo que el tema de los 18 a 21 años está suspendido "sine die" como dirían los expertos.
Tal suspensión y se no recuerdo mal está prevista en la L.O. 9/2000 de 22 de diciembre, disposición transitoria única. La suspensión era en principio de dos años hasta el 13-01-03 y posterormente prolongada hasta el 2007.... o eso creo. Pero como ya te dije, esto del penal no es mi fuerte y quizás meto la pata. En cualquier caso, un cordial saludo.
Por otro lado y teniendo en cuenta que se trata de una tentativa, si que parece excesiva la sentencia impuesta. Pero sin datos concretos......
Saludos a todos.
No sé, creo que ese desprecio a un familiar que intenta ayudar es bastante revelador de la peculiar (y por otro lado respetable) idiosincrasia del anonimo 18....que por otro lado, no necesita recibir lecciones de nadie.....la vida se encargará, ella solita, de darle todas las que necesite.
Insisto en que continue su tratamiento, y que no lo abandone, ese tipo de enfermedades lo exige.
Coincido en que más que una consulta en forma es un desahogo nacido de la frustración debida a que ESTA VEZ le hayan pillado con las manos en la "masa"....todos los demás participantes de la historia están equivocados o son incompetentes.....sólo él tiene razón y es una pobre víctima....pero seguimos sin conocer, cuanto menos, el tenor LITERAL del fallo de la sentencia, el motivo del "cabreo" del juez por el recurso (que se explicaría si hubo conformidad, lo que no se ha aclarado).
En fin, que como dice el amigo Rus, para EXIGIR respeto, deberías empezar por mostrarlo, siquiera para los familiares más cercanos (ese tío que SOLO ES UN SECRETARIO, vaya desgracia la suya, ¿quién se habrá creído él que es?).
Pero lo que no da natura.......
Frustraciones, hay muchas y en todos lados, no será el primer abogado que me ha confesado (lo que le honra, sé que hay quien lo esconde) que se presentó sin aprobar a las tres oposiciones de jueces-fiscales-secretarios......pero por lo general no hay frustración que se resista a una abultada minuta, y más si "no se numera" como en algún hilo se ha leído......
Por lo demás, con buenos deseos nada se arregla, como tampoco con reprimendas.....ni éstas ni aquéllos sirven para nada, especialmente si el consultante se empeña en no facilitar al menos el tenor LITERAL de la sentencia.....para justicieros, no hay más que ver algún letrado en ejercicio, en lucha perpetua contra la injusticia de los tribunales, como Daredevil......en todas partes cuecen habas.
Como cualquier abogado en ejercicio debería saber, muchas veces no hay peor enemigo que el propio cliente, en este caso consultante, quien al parecer está en posesión de la razón suprema, y todos los demás, tíos incluidos, son incapaces y poco razonables.
No busca más que la justificación a su acción...es comprensible.
Que copie el fallo de la sentencia, y se podrá hablar un poco más del tema en derecho.
Claro que este anonimo consultante puede ser otro cachondo como el pantocrator ese, y se esté partiendo la caja con nuestros enfrentamientos, como los niños que meten palitos en los hormigueros. Por eso no es capaz ni de inventarse el fallo de la sentencia.
Otro frustrado.
Sin comentarios sobre algún mensaje, aquí está el fallo:
Que debo condenar y condeno a ......... como autor de falta de hurto, a la pena de 20 días de multa, con cuota de 30 euros por día, con la responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarías no satisfechas...
..
Publiquese en la audiencia y notifíquese a las partes haciendoles saber que no es firme...
Ahora pondré un trozo de la notificación que el juez se encargó personalmente de enviar a mi casa:
El recurrente alega que la multa impuesta es cuantiosa, cuyo pago no puede permitirse, máxime siendo estudiante, y siendo solo la sustracción de unos pantalones.
Sin embargo la ley penal tiene en cuenta la situación económica del penado para graduar la sanción y en ese sentido la del denunciado es privilegiada, por su nivel socio economico, por la educación que recibe, la multa sería 30 veces menos en quien sustrae los pantalones porque no va a tener la oportunidad material de comprarlos en años...
La policia a parte de reirse de mí me hizo esperar horas en comisaría hasta que me dió la citación diciendo que si no iba eran 2000 euros de multa. No me dijeron nada más. No sabía ni si tenía que llevar abogado o no, pero el policía me dijo que la multa sería inferior al precio del pantalón, algo simbólico. En el juicio no sabía como tenía que actuar, pensé que lo mejor era corroborar los hechos y responder a lo que me dijera el juez con sinceridad, pero no dije nada que yo quisiera decir, porque no sabía como funcionaba esto. La chica que me da la sentencia me recomienda recurrir, el juez entiende que mi familia está forrada, cosa que no es así y que soy un mal criado, que puede o no, no es en absoluto quien para decirlo, pero bueno..
Ahora va a llegar a la adiencia mi recurso, y no se como he de actuar.
Si voy echando pestes de todo lo que me encuentro, es porque ni los de seguridad lo hicieron correctamente, el juez fue duro conmigo, la chica que me dio la sentencia no supo informarme... No digo que tenga razon, pero me e recorrido muchos foros de internet, y nunca he visto una multa tan grande,sin haber salido del local, con una sola prenda, habiendo reconocido...
Sé que de haber presentado el informe hubiera sido diferente. Por favor, menos reproches, y va por "jope", porque con tu ingeniosa e irónica forma de escribir no llegas a ninguna parte, y si como ya he dicho, las leccioncitas morales sobran en estos sitios
¿Que el juez, personalmente, envió a casa la sentencia? desde luego, es lo nunca visto.
Por lo demás, sin perjuicio de la revisión que pueda hacerse, se ha tenido en cuenta la situación personal y económica del penado a la hora de graduar el importe de la multa (cosa que a veces no se justifica y se minora vía apelación) que en este caso es privilegiada (a pesar de ser hijo de un acomodador y vivir en un chalet e ir a un colegio privado según confesión propia que ha valorado el juez como medio de probar los medios de vida) por lo que sería tan justo como poner, digamos 3 euros al día para el hijo de un desgraciado secretario judicial que gana menos que un acomodador.
La igualdad significa tratar de modo igual lo que es igual