Siempre que hay lluvias muy fuertes tengo humedades en el techo de la cocina. Como el techo da a un terrado comunitario, suponía que era por ahí el problema. He avisado al administrador y me ha mandado a un constructor que me ha dicho que el agua me entra a través del tubo extractor de humos de mi cocina que da al patio de luz y ya ha visto que por fuera está inclinado hacia arriba, en lugar de recto o hacia abajo. Dice que al se un septimo piso tienen que hacer el trabajo por el patio de luz con trabajos verticales. Será algo cara la reparación. Mi pregunta es:a quién corresponde a mi o a la comunidad? Pues es la parte no interna sino la que da al patio la que se ha de cambiar para que no se meta por ahí el agua que me llega hasta mi campana a chorro! Gracias de antemano.
Pero creo que no es tan fácil la contestación, puesto que el problema no lo tengo en la parte interna de micasa, sino en la externa que está en un elemento comun, el patio de luz.
No es la primera vez que se plantea el conflicto con respecto a instalaciones de uso de un único propietario, que discurren por elementos comunes y no parece que haya consenso.
Es frecuente leer que, dado que dan servicio a un único propietario, son privativos.
No obstante, el Código Civil, en su artículo 396, indica lo contrario. En concreto, en el caso de las conducciones de evacuación de humos, dice que:
"los elementos comunes del edificio, que son (...) conducciones y canalizaciones para (...) evacuación de humos (...) todas ellas hasta la entrada al espacio privativo"
Según este artículo, la salida de humos es comunitaria en cuanto sale del espacio privativo de la vivienda particular.
Para pronunciarse, serían necesarios más datos. Por ejemplo, saber si ese tubo estaba inicialmente o lo instaló el propietario posteriormente. Y si sólo da servicio a una vivienda, ¿cómo está ese servicio para las demás?
El tubo extractor de humos, así como los tubos de aire de las calderas transcurren siempre por elementos privativos y tienen que tener una salida al exterior para cumplir su función y así lo establece la LOE. La instalación, modificación o reparación de los mismos corresponde al propietario ya que no son comunes.
El art.396 cuando se refiere a las chimeneas de evacuación de humos no se refiere a estos tubos sino a aquellas conducciones comunitarias que son susceptibles de dar servicio a todos los vecinos.
Soy la dueña de ese piso que tiene 28 años. Yo nunca he tocado ese tubo, es el original que me puso el constructor. Por la parte exterior al patio de luz se ve un poco inclinado hacia mi cocina y oxidado. En cambio los de vecinos de abajo se ven blancos y rectos, sin pendiente. He de decir que ocupo el último piso de la finca. Gracias a todos
Sí, ya lo sé. Pero para no alargar innecesariamente mi mensaje y dado que no sé si los demás salen a patio o a tejado, he dicho lo que he dicho porque que se salga a patio o a tejado carece de importancia. Lo importante es saber si todos tienen tubos y agujeros diferentes.