Agregorio:
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Acriton: EXISTEN TERRAZAS EN PROPIEDAD, el promotor en el titulo constitutivo, los estatutos y las escrituras particulares lo refleja, la diferencia entre terrazas particulares y de uso y disfrute, es que la de en propiedad tienen mas cuota de participación y por lo tanto mas gasto de comunidad, pero haberlas las hay, conozco mas de una y lo puedo asegurar.
La LPH, solo habla de dos supuestos. Que la terraza sea zona común o que sea zona común de "uso privativo".
En ambos casos, la reparación de las humedades corresponde a la comunidad, salvo que sean por mal uso o falta de mantenimiento del propietario que la disfruta.
Cuando me refiero a particular la tiene en su propiedad y es de su uso y disfrute pues entra por su vivienda tipo duplex arriba terraza abajo vivienda un saludo gracias
Anónimo
11/10/2016 00:31
Agregorio
Que entiende usted por particular. En la LPH, esa palabra no existe, o se tiene el uso y disfrute, o sea es de la comunidad, y eslo mas normal, o se tiene la PROPIEDA, que es muy raro que esto ocurra
Buenas noches unos vecinos con terraza particular tiene humedades en su propiedad por culpa de su terraza tiene obligación la comunidad de arreglar su terraza muchas gracias