El jueves que viene tenemos convocada en mi empresa una huelga para el convenio. Yo, y 5 compañeros estamos en el comité de huelga. Hoy nos ha llegado un Fax en el que nos convocan a la mediación que se habrá de hacer el miércoles a las 10:00 h. de la mañana. Como yo voy en turno nocturno quería saber si tengo algún permiso retribuido o no, con el que me pueda librar de trabajar la noche anterior, ya que si no , seria salir del trabajo a las 06:00 h de la mañana y 4 horas después estar en la conciliación.
Yo creo que si estás en el Comité de Huelga, tienes los mismos derechos que el Comité de Empresa, por lo tanto creo que puedes pedir horas sindicales, motivo reunión del Comite de Huelga.
Existe por lo menos una sentencia, creo recordar que de un guarda jurado, que dispone que las horas sindicales de los trabajadores nocturnos se pueden ejercer de día y "descontar" de los turnos de noche.
Aún así, las horas que se dedican a reuniones para las negociaciones de convenio son aparte del crédito mensual normal, por lo que podría ser que las horas para las reuniones del comité de huelga sean también aparte.
Perdonad, no quiero que parezca que no me creo las respuestas, pero me parece muy extraño que un comite de huelga tenga horas sindicales. Somos trabajadores y no somos del comite de empresa, es por ello que me parece bastante raro. ¿me lo podeis confirmar a ciencia cierta?.
Es que si no tenemos algun permiso u hora sindical, creo que la empresa nos obligara a trabajar hasta las 06:00 con lo que al ir a conciliacion estaremos todos zombies. Thanx...