Termino mi contrato hoy, la empresa tenía intención de dejarme indefinida pero hace 15 días comuniqué que no continuaba. Hoy al firmar el finiquito me encuentro con que no hay indemnización y al preguntarlo me han dicho que no me corresponde porque yo he renunciado al puesto. He estado leyendo la normativa de la última reforma laboral y no veo nada claro al respecto: Ocho. Se modifica la letra c) del artículo 49.1, que queda redactada del siguiente modo: «c) Por expiración del tiempo convenido. A la finalización del contrato, excepto en los contratos formativos y el contrato de duración determinada por causa de sustitución, la persona trabajadora tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación. Los contratos de duración determinada que tengan establecido plazo máximo de duración, incluidos los contratos formativos, concertados por una duración inferior a la máxima legalmente establecida, se entenderán prorrogados automáticamente hasta dicho plazo cuando no medie denuncia o prórroga expresa y el trabajador continúe prestando servicios. Expirada dicha duración máxima, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.» Me pueden aclarar si me pertenece indemnización o no por no querer continuar la relación laboral y finalizar mi contrato eventual? Un saludo, Elena
Hola, si te vas de la empresa por decisión voluntaria no tienes derecho a indemnización. Era y es así, no cambia con la reforma laboral. Tendrías derecho a indemnización en caso de finalización de un contrato temporal, pero no en caso de dimisión o baja voluntaria, que es lo que ha ocurrido según entiendo.