Soy Delegado de personal de una plantilla de diez trabajadores en una darsena deportiva, subcontratados a una empresa privada por La Autoridad Portuaria. Mi cuestión es la siguiente: Tenía programada una reunión para la mañana del dia 04 de noviembre a las 09 horas de la mañana; en dicha reunion se ivan a exponer una serie de quejas (de turnos mal repartidos,carencia de vestuario y demas temas que comienzan a crear una incomodidad entre los trabajadores), dichas carencias son provocadas en su mayoria por un Jefe de servicio, de dicha empresa, dichas quejas las recogi mediante asamblea en mi sindicato, y con una recogida del 100 % de firmas de la plantilla de trabajadores, en la que me incluyo,respaldando lo expuesto. Si la reunion la tengo mañana a las 09 de la mañana, y el Jefe de servicio de dicha empresa, conociendo de esa reunion, me nombra servicio en la noche anterior a la reunion, es decir de 22 horas a 6 de la mañana, tres horas antes de la reunion, ¿¿puedo solicitaa las horas sindicales en dicho servicio para preparar la reunion??