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horas sindicales

2 Comentarios
 
29/05/2008 10:57
Sobre contestación, si teóricamente dispongo de 35 horas por Delegado de Prevención más 35 horas por Delegado de Personal:
1º ¿Cuántas horas puedo acumular para tareas no relacionadas con las del art.37.1, que entiendo que van a cargo de la empresa?
2º Si supero las 35 horas de Delegado de Prevención y no tengo horas cedidas por otros Delegados de Personal ¿la empresa me puede denegar las 35 horas como Delegado de Personal?
28/05/2008 23:46
Hola:
El Delegado de Prevención necesita recursos materiales y tiempo, además de las horas que le corresponden por ser Delegado de personal o miembro del comité de empresa o de la junta de personal. Por ello tiene derecho a unas horas suplementarias para algunas tareas específicas: reuniones del comité de seguridad y Salud o cualquier otra convocada por el empresario, tiempo ocupado en acompañar a los técnicos para evaluar los riesgos, tiempo para acompañar a la Inspección de Trabajo en sus visitas al centro de trabajo y tiempo para la formación en materia de preventiva del propio Delegado.

Lo anterior viene establecido en el art. 37.1 de la Ley de Prevención de riesgos Laborales y en el art. 68.e del E.T.

En conclusión, no se suman las horas, sólo se pueden obtener unas horas suplementarias a las que se tienen derecho por representante, pero en las tareas especificadas anteriormente.

Saludos.
Horas sindicales
28/05/2008 08:57
Hola!!! mi pregunta es?
Una persona que sea miembro de la junta de personal y, a la vez, delegada de prevención ¿puede utilizar las 70 h que suman las 35h como delegada de prevención y las 35 h como miebro de la junta de personal en el mismo mes?
Gracias.