Hola.
Mi convenio de accion social entró en vigor en Septiembre del año 2011.
Según convenio dice años que van del 2008,2009 hasta finales creo de este año. Son 1725 horas. Dicen que son 38h semanales. Yo he estado trabajando 40 horas semanales. Por lo tanto me pasado de las horas anuales.
La empresa me dice que me han estado pagando por 40 horas.
Yo he decidido ajustarme las horas que marca el convenio a 38h.
Ellos me dicen que si trabajo menos horas me bajan el sueldo. De lo contrario si cedo me las meten en un concepto como "exceso de trabajo".
Es legal rebajarme el sueldo?, me lo pueden tocar?.
Esas horas que he hecho de mas como me las tienen que compensar?.
Muchas gracias.
No te bajan el sueldo, lo que pasa es que si te pagan por 40 h semanales lógicamente te están pagando exceso de jornada, este concepto no es mas que H.E. que debes mirar tu conv. colect. y ver a como te las marcan de precio.
En una palabra si trabajas 38 h no tendrás exceso de jornada y ese será el descuento de tu sueldo porque son horas extra lo que estas cobrando, lo que sucede es que si por ej. ganas 1000 € y estas acostumbrada a cobrar siempre lo mismo, (claro estabas cobrando mas de lo que te corresponde al mes), si por ese exceso son 100 €/mes pues te bajara el sueldo en 100 € simplemente