Mi consulta es la siguiente: tenemos el siguiente problema,trabajo en turno de noche,de Lunes a Viernes jornada de ocho horas,hasta ahora cuando hacia falta a la empresa,iba a trabajar los Domingos en turno de noche y se me pagaba como horas extras,es decir que esa semana trabajaba 6 días en turno nocturno y se me pagaban 8 horas extras mas el plus de ese dia extra.Ahora y a raíz de un problema con el comité,nos han dicho que el turno de noche no podemos hacer esas horas extras,por mas que he leído el estatuto de los trabajadores no acabo de encontrar si es legal lo que hacíamos hasta ahora o no,tengo entendido que no es legal trabajar mas de ocho horas en turno nocturno,pero trabajar un turno mas a la semana y que este se nos pague como horas extras es legal o no?.Trabajo en el sector de la industria farmacéutica.Agradezco de antemano vuestra contestación.Un saludo.
Javier
Trabaja usted en el sector de la industria farmacéutica pero qué connvenio se aplica? Sectorial, nacional o provincial? Si es provincial de qué. Provincia? El ET nos remite al convenio y en éste o al menos en muchos ( están prohibidas las HE de noche).
En cuanto a lo de si es o no legal la prohibición de hacer HE es siempre legal tenga en cuenta que la no realizacion de HE supone en muchos casos la obligación de contratar personal que una mision de todo Comité de Empresa dada la situación de desempleo que existe
Hola,gracias por contestar,no pregunto si es legal o no que se prohíban,pregunto si se pueden hacer en el contexto que explico: el estatuto de los trabajadores las prohíbe expresamente diciendo que no se pueden hacer alargando la jornada,y mi pregunta es si entraría dentro de la legalidad hacerlas trabajando un dia mas a la semana,es decir,con contrato de 40 horas semanales y en turno nocturno,trabajar un dia mas de jornada de ocho horas y también en turno nocturno.Siempre respetando las 80 horas extras anuales.La industria farmacéutica en la que trabajo pertenece al convenio químicas de la provincia de Girona.
Gracias.
El problema viene de hace unos meses,alguien del comitede empresa denuncio que un mes se habian hecho horas extras en turno nocturno alargando la jornada laboral de ocho horas,a partir de esto la empresa se ha cerrado en banda y no nos deja hacer horas extras al personal nocturno,pero ni siquiera trabajar un dia mas a la semana en turno de 8 horas.El comité esta por la labor de arreglar la situación,pero no tiene claro si este segundo caso(trabjar un dia mas en una sermana de 40 horas y en turno nocturno)es legal o no.
Por alguna extraña razón no consigo abrir du convenio para ver que dice respecto a la nocturnidad.
En cuanto a su pregunta habría que ver si esa jornada es la que marca el convenio anual o si es diaria, en ppio parece lógico que al referirse a la prolongación de la jornada se refiere a que en trabajo nocturno no se puedan trabajar mas de 8 h/día y por tanto que se trabaje un día. Mas debería. Poder permitirse, pero si se hace referencia a la jornada anual no podrían hacerse esas horas demás en trabajo nocturno.
Por otra parte, ninguna empresa esta obligada a la realización de HE. las facilitan ellos cuando a ellos les interesa y luego el trabajador las hace voluntariamente, es decir aunque la empresa las facilite di el trabajador no quiere no le pueden obligar.
Se que no he sido de mucha ayuda pero sin ver el convenio ni lo que dice respecto al trabajo nocturno y a la realización de HE pues no puedo decirle mas.