Tributar para el trabajador más o menos no depende de que camuflen las h.e. en otros conceptos, es a ellos a quienes se les agravan, a usted todo depende del bruto anual a mayor bruto mayor cotización y si supera (ahora mismo no recuerdo el nombre), pero más o menos es como unos peldaños de tal a tal cantidad tributa X y de tal peldaño a tal peldaño tributa lo del primero pero en esta segunda cuantía tributa un límite superior, así que usted se lo coloquen como h.e. (insisto para que ellos tributen menos por esas h y además porque así pueden superar el límite de 80 h/año como máximo a realizar) pero usted por realizar esas h.r. camufladas en otros conceptos al final del año ganará más dinero y por tanto si por esa cuantía pasa de escalafón este segundo tributará mucho más por él.
Buenas tardes,la empresa en la que trabajo nos ha dicho de hacer horas extras y que nos las pondrán en la nómina como incentivos(puntualidad,producción etc.),para que no tengamos que pagar luego en la declaración de la renta.
Yo no me fio,alguien me puede ayudar y decir si luego tendré que pagar en la declaración de la renta.Actualmente cobro 17000€ brutos al año y me quitan 6% de IRPF y me sale la declaración a devolver.
Gracias.