Cuando se cursen con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional, se tendrá derecho a permiso NO RETRIBUIDO (salvo que el convenio colectivo lo prevea) para asistencia a examentes. Esta asistencia comprende no sólo las horas del examen, sino la JORNADA COMPLETA, de manera que las obligaciones laborales no perturben las académicas. Tal y como señala la STSJ de Cantabria de 21 de abril de 1992, el derecho tiene como fin acudir a la prueba con la debida preparación y aptitud tanto física y mental, evitando así menoscabar las posibilidades de éxito en el examen.
Hola a todos, en cuanto a las horas de ausencia por un examen de la universidad, son horas a las que tengo derecho? Supongo no son horas que debo a la empresa ... que yo sepa es asi pero estoy en una empresa nueva y me han dejado caer lo de recuperar las horas que he faltado por el examen. Segun tengo entendido sale hasta en el BOE pero quiero descartar cualquier pequeño detalle. Otra cosa, lo avisé con antelación ... y les he dado el justificante. Saludos y gracias !!