Hola,
soy trabajador fijo discontinuo y me vana a desplazar a peru por dos meses para trabajar bajo el area de industria y convenio español de la construccion.Mi jornada laboral sera de once horas diarias desplazamiento a parte.
Me van a hospedar en un lugar ubicado a 1h 15 min del lugar del trabajo .
Mi pregunta es la siguiente: la hora de desplazamiento para ir y la hora de desplazamiento de vuelta a mi lugar de descanso deben ser abonadas? esta rubricado en el convenio de la construccion?
muchas gracias de antemano