Buenos días:
Querría saber cómo hacer el cálculo de horas por semana en la enseñanza privada. Según el convenio, debemos hacer 1089 horas lectivas, 237 complementarias y 50 de formación. En principio me salen 40 semanas. Pero por otro lado, se especifica que "El 50 % del personal docente afectado por este Convenio disfrutará de dos semanas más de vacaciones a lo largo del período estival, estableciendo el titular, según las necesidades del centro, los turnos de forma rotativa". Con esto, las semanas serían 42.
Por otro lado, he de incluir las 50 horas de formación, si realmente no hacemos cursos de dicha duración?
jamgpreve.
hola.e leido tu ultimo comunicado,y te pido disculpas,por no contestarte antes,por motivos de trabajo,en el cuadrante,me imagino que ya sabes como es esto.
e salido de dudas sobre lo que e leido,y entienlo lo de que la justicia va muy lenta,pero para lo que les interesa,como ya sabemos todos,asi es que me despido,no sin antes,darte las gracias por tu amable ,colaboracion,en este tema,se despide de ti hasta otra ocasion.
litigadorlitigante
En la actualidad, las 20 hpras son 10 a distancia y 10 presenciales, (las de a distancia te mandan hacer unos test de ejercicios y con eso ya estan cubiertos), luego la empresa debe de computrar 20 horas porque por ellas recibe de los fondos europeos la subvención de formación, el problema es que desde las distintas provincias según se abone el ejercicio de tiro, (como sabras dos al año uno obligatorio que puntua y el otro no), las empresas estan aprovechando para incljuir como formación estos ejercicios de tiro y existe una resolución de delegación de oobierno a una consulta elaborada por los sindicatos, para que establezcan si el ejercicio de tiro entra como formación, (como sabras es la guardia civil quien controla que realices tus ejercicios de tiro mientras que la formación es controlada por el departamento de seguridad privada de la policia nacional, con lo que por ahí ya canta que no debería incluirse), pues bien esta resolución resuelve que el ejercicio de tiro NO FORMA PARTE DEL COMPUTO DE FORMACIÓN, sin embargo, (incongruencias a parte), si autoriza a las empresas a incluir esas horas en dicho computo, los sindicatos estamos peleando contra esta resolución, pero ya sabes la justicia es lenta, muy muy lenta, y las cosas de palacio van despacio.
Un saludo.
jamgpreve.En primer lugar darle las gracias.
en segundo lugar,lo del curso de actualizacion,se que es todos los años.pero las empresas,de seguridad,se dedican a estafar a los vigilantes,poniendo mas horas de la cuenta,y luego,en vez de 20 horas lo hacen en 10,como es el caso en la que yo estoy.alegando,que esas 20 horas,son de la siguiente manera:
1-las 10 horas,primeras son del curso de actualizacion.
2-las restantes,para los vigilantes armados,son 4,el primer semestre del tiro,y las otras 4 el segundo semestre,por lo tanto,solo quedan 2,que segun la empresa,son las que pagan,2 horas,por lo tanto yo creo que esto es una estafa,las dividen de esta forma para no tener que pagar curso y tiro,y asi se ahorran de uno u otro lugar.
3-en cuanto a lo del descanso,es otra estafa,amparandose en la ley.
por ese motivo yo no hago horas extras,que las hagan los vigilantes que las necesiten lo cual me parece muy bien.yo por eso hago solo las 162 horas estipuladas en convenio de seguridad privada,al mes.
Encima que tengo una sentencia ganada,a la empresa,y un folio,firmado en la empresa,como que no me van a poner horas,segun ellos,y siguen y siguen,poniendolas,eso es a lo que me refiero,que al que necesite horas se las den y al que no que no le obliguen,como es mi caso,y seguramente el de muchos otros,coincidentes laborales.
un saludo
litigadorlitigante, de su respuesta no la he entendido, no se a que se refiere de darle horas y a quien las necesita pues no. Esto va de que en el sector de Seguridad Privada todos los trabajadores obligatoriamente tienen que hacer un curso denominado de actualización o reciclaje de 20 h/año y el trabajador que hace la consulta quiere saber si tiene la obligación de hacerlos fuera de su jornada, esto puede ser así por la peculiaridad de la función que desempeña al ser personal que generalmente tiene relevo, pero si el trtabajador no quiere hacer horas extra, esta jornada que realiza en exceso debe ser compensada con descansos, espero haberme explicado mejor, es que no se a que se refiere usted.
gracias.
jamgpreve,por tu comentario,yo lo que no entiendo,que tal como estan hoy en dia las cosas,a mi me den horas y aquien,les hacen falta no se las den,pero asi es este pais de violetas,y violetos.muchas gracias por todo.un saludo.
Los cursos de formación, en su caso de reciclaje, deben de hacerse en horario de trabajo, de nmo ser así pueden realizarse fuera de la jornada de trabajo abonando ese curso de 20 horas como horas extra, si como usted dice, tiene comunicado su negativa a la empresa de realizar horas extra POR ESCRITO, (las palabras se las lleva el viento), pues esas 20 horas deeben descontarselas de cuadrante, es decir usted este mes debería de hacer 142 del total de 162 h que tendría que hacer y por supuesto eso de que les debe usted encima 10 h. ni de coña, digales que si persisten en su actitud les demandara pero no por reclamación de cantidad sino por querer obligarle a hacer horas extra.
hola a todos.
me gustaria si hay por hay,alguien que me explique si las horas de formacion tienen que ir en cuadrante,o no,puesto que yo trabajo en una empresa de seguridad y este mes tengo 152 horas de computo,cuando lo normal,son 162.
osease.yo tengo firmado en la empresa que no quiero horas extras y por lo tanto,pienso que tendrian,que ponermelas en cuadrante,para computarlas,puesto que si sumamos las 152 10. son 162 justas,pero estos sinverguenzas,no solo me ponen 10,cuando son 20 de formacion,si no que tienen la desfachatez de decirme que las 10 que me faltan las debo,eso si en los dos meses siguientes,segun reza en el convenio colectivo de vigilantes de seguridad.gracias por todo.un saludo.