No sé a qué se refiere exactamente al decir "poner horario a jardín".
Si es textual, usar el jardín, sus caminos, etc. para pasear, es ilegal hacerlo.
Si se trata de alguna instalación, deportiva, etc. Se hace mediante el RRI, por mayoría simple.
Es un jardín con bancos, simplemente, no hay nada más, lo que pasa que juegan niñ@s y se bajan 1 mesa plegable para pintar y con eso se entretienen. No hacen ningún mal, juegan con coches, pintan. Etc. Pero se ha oido por la comunidad que quieren poner horario al jardin.
No hay ninguna ley que diga "exactamente" cosas tan concretas como "no se puede poner un horario de uso de un banco en un jardín".
En el Reglamento de Régimen Interior, que se aprueba o modifica por simple mayoría, se regulan cosas tales como los horarios de uso de zonas deportivas, piscina, salas, etc. El uso de una calle, un paseo, un banco, no entra en las competencias de una junta de propietarios.
Seguro que algún profesional del derecho podrá explicarlo mejor.
Es un jardín de la comunidad con bancos y césped, no hay nada más, esta llegando a oídos de varios vecinos, que en la próxima junta quieren aprobar un horario para uso de ese jardín, por que los niñ@s jugando hacen ruido, y todo por que el viernes pasado, estuvieron jugando los niñ@s hasta las 00:30h (de un viernes, por favor...)
Si sacan mayoría simple, pueden poner horario al uso del jardín?
Nos sentaría fatal, pero sabemos que ha piscinas etc le ponen horarios y también son de uso comun, por eso nos hacemos la pregunta.
Tus vecinos son unos amargados.
Pero como sean mayoría y lo aprueben lo tienes mal.
Trata de explicar que eso no se debe de regular (para mí es dudoso) en caso de que lo aprueben y sean medidas muy rígidas yo no las cumpliría y que sea la comunidad la que me mande el burofax, se reúna en junta y le diga al juez que mi hijo no puede estar en el jardín comunitario.
La otra opción es ir la junta, votar en contra e impugnar en el juzgado. Es decir, tiempo y dinero.
Es que esa es mi duda, claro que es 1 zona comun, pero tambien es 1 zona comun el ascensor y los garajes, por esa regla de 3, podrian poner horarios a todos los sitios, imaginemos que ponene que a partir de las 12 de la noche, no pueden entrar coches por el garaje.....
Por eso digo, que si haria falta mayoria para esas cosas o unanimidad?
Pues no lo vvvveo justo, que por que la mayoria quieran poner 1 horario a 1 jardin, no pueda bajar por ej a tomarme 1 cafe en el banco fuera de ese horario.....
Yo no me andaría por las ramas, si superase el nivel de ruido permitido por el Ayuntamiento, acudiría al juzgado solicitando la clausura del jardín, cosa perfectamente viable, y con el 100% de seguridad de que la demanda salga adelante, por eso y antes de llegar al extremo, se regula por medio del Reglamento de Régimen Interior, que en caso de incumplimiento respondería el propietario infractor.
¿Clausurar el jardín?. Normalmente eso es imposible, el jardín no suele ser una parte aislada y cerrada, sino parte de la comunidad por donde discurren los viales para acceso a los portales, etc.
Me reitero en lo que dije en mayo, totalmente absurdo e ilegal poner horarios al uso de los jardines.
Si se causan molestias, por exceso de ruido o a horas intempestivas, se podrá pedir la cesación, pero nada más.
Entonces se gun tu pepe 123 es absurdo que la piscina tenga un horario y tendría derecho a bañarse a las 3 de la madrugada sin socorrista ni nada, por que es una zona común. Yo conozco un montón de comunidades que tienen el jardín completamente independiente de los viales de entrada,
Es cierto que una zona común se puede regular su uso. Sea piscina o jardín.
En este caso son unos niños que salen a ,jugar y lógicamente harán algún ruido.
Un viernes incluso estuvieron hasta las 0.30. Oh! Que espanto! Junta, reglamento...
Insisto, gente amargada.