Lo primero que creo que debes hacer es mirar lo que dice el convenio colectivo sobre el tema horarios.
Cito art. 67.3 del Estatuto de los Trabajadres.
"3. La duración del mandato de los delegados de personal y de los miembros del comité de empresa será de cuatro años, entendiéndose que se mantendrán en funciones en el ejercicio de sus competencias y de sus garantías hasta tanto no se hubiesen promovido y celebrado nuevas elecciones.
SOLAMENTE podrán ser revocados los delegados de personal y miembros del comité durante su mandato, por decisión de los trabajadores que los hayan elegido, MEDIANTE ASAMBLEA CONVOCADA AL EFECTO A INSTANCIA DE UN TERCIO, COMO MÍNIMO, de los electores y por MAYORÍA ABSOLUTA de éstos, mediante sufragio personal, libre, directo y secreto. No obstante, esta revocación NO podrá efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo, ni replantearse hasta transcurridos, por lo menos, seis meses."
Como ya le dije, su superior jerárquico es el responsable de hacer dichos cuadrantes y el delega en quien le de la gana, luego una vez hechos, se los firma y entrega el y listo, contra el delegado usted no podrá hacer nada y contra su jefe en mi opinión tampoco, otra cosa es que pueda haber en esos cuadrantes algún defecto que suponga algún tipo de discriminación, es precisamente lo que le dije en el mensaje anterior pero usted no nos informa, mire algún incumpliento puede ser por ej. en trabajadores a turnos y que trabajen festivos, (no se cual es su caso ya que no nos dice nada), que no se respete el descanso del fin de semana mensual, o por ej. un cambio corto, es decir un trabajador que termine el turno de noche y al día siguiente, le impongan trabajar en el turno de tarde, con lo que no se cumpliría con el descanso entre turno y turno obligatorio, no se si me explico.
SMO.
Le aclaro esto. No es desde personal desde donde se ha dado la orden de confeccionar los horarios, sino desde un departamento del Ayto en concreto. En la RPT se establece que los horarios corresponde hacerlos a la persona responsable de ese departamento que es donde yo trabajo. Como mi jefe no sabe hacerlos se lo ha encargado a mi compañero que es del mismo grupo profesional que yo y además es delegado sindical. Espero que le sirva. Además este horario lo está confeccionando según sus intereses y en horario de trabajo
Por pedir "Y yo pido la luna". El poder de dirección y organización corresponde al empresario y éste puede delegar en quien desee, ahora bien, no nos dice nada de como efectúa esos cuadrantes, si hay cambios cortos, (caso de tratarse de un cuadrante de turnos), (si trabaja festivos y siempre les tocan al mismo trabajador), no se, cuéntenos algo con la información que nos da poco se puede decir, pero de antemano le aseguro que al RLT por hacer los cuadrantes de la empresa no le va usted a cesar de su cargo, en cuanto a pedir responsabilidades ¿de qué? si no sabemos si hay incumplimientos.
Hola, trabajo en la Admón local y a mi jefe le corresponde confeccionar los horarios, pero tengo pruebas de que quien los está haciendo es un delegado sindical según a él le conviene ya que se está haciendo el suyo propio. ¿Se pueden pedir responsabilidades? ¿ se puede pedir que deje su cargo de delegado sindical? gracias