Quería saber el tiempo que tengo para reclamar los honorarios profesionales como procurador.
Una vez realizada la jura de cuentas si la persona es insolvente o la cantidad a cobrar de su sueldo es mínima Ej. la deuda son 1500 euros y lo que la van a retener de su sueldo 30 euros mensuales. Luego cobraré en algo más de cuatro años. ¿se incrementa la deuda de 1500 euros por intereses o ya es la cantidad definitiva?.¿tendría que ir realizando reclamaciones por estos intereses?