Hola, tengo una duda, mi procurador me ha facturado 546,57 euros por la aplicación del artículo 59 b) donde para mí y sin lugar a dudas el concepto máximo seria 34,44 euros, ¿estaría en lo cierto?
Art. 59 b) recursos de apelacion: 546,57 Euros
Artículo 59
Recursos en el orden penal
Cualquiera que sea el concepto en el que comparezca y con independencia de la acción civil, el procurador devengara:
a) Por las apelaciones de los juicios de faltas devengará 29,72 euros.
b) Por los demás recursos ante órganos colegiados, devengará 33,44 euros.
c) Por los recursos de queja, reforma y aclaración contra autos o cualquier otra resolución, cualquiera que sea la representación que ostente, el procurador devengará 14,86 euros.